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JAVIER LÓPEZ Y GARCÍA DE LA SERRANA | Doctor en Derecho

"La mejor medida social de 2015 está en la ley de indemnización por accidente"

"Los abonos más habituales por lesiones en un siniestro de tráfico son inferiores a 6.000 euros, y no se incrementan con el nuevo baremo"

Javier López y García de la Serrana, en el auditorio Príncipe Felipe. LUISMA MURIAS

Javier López y García de la Serrana, doctor en Derecho, secretario general de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro y miembro del grupo plenario redactor del nuevo baremo de accidentes de tráfico, participó en las I Jornadas sobre la reforma del baremo de Tráfico, organizadas por el Colegio de Abogados de Oviedo en colaboración con la Escuela de Práctica Jurídica del Principado de Asturias. Ha sido una cita de dos días en la que se analizó la nueva normativa, que entró en vigor el pasado 1 de enero, y en la que participaron más de 400 abogados de toda España.

-¿En qué consiste exactamente el baremo de Tráfico?

-Se trata de fijar criterios, establecer unas tablas que sirvan para fijar las indemnizaciones como consecuencia de un accidente. El objetivo es resarcir el daño, y es justo que se califique bien. El baremo utilizado hasta ahora, que dejó de estar en vigor el 31 de diciembre, era de noviembre de 1996 y reparaba bien el daño moral, pero muy mal el patrimonial. Esto es muy importante, porque unas lesiones no tienen la misma trascendencia para una persona que para otra. Y ya no digamos si se produce una muerte. Así que no es sólo que se tenga en cuenta el daño emergente, sino también el lucro cesante.

-¿Puede explicarlo mejor?

-El daño emergente tiene que ver con los gastos que conllevan las consecuencias de un accidente, prótesis, medios, etcétera. Y el lucro cesante es lo que voy a dejar de ganar.

-¿Las indemnizaciones se pueden hasta triplicar por eso?

-Sí. Al lesionado leve no le afecta esa mejora de las cuantías, y el 90 por ciento de los accidentes se salda con este tipo de lesiones. El incremento realmente importante es para los que sufren consecuencias graves y sobre todo para los muy graves. Pero estos casos son aproximadamente el 2 por ciento. Es decir, estas indemnizaciones serán para quienes realmente las necesiten.

-¿Pero el incremento medio de las indemnizaciones cuánto es?

-Se ha calculado que aproximadamente el 16 por ciento. Las más habituales son las que se sitúan por debajo de los 6.000 euros, a las que las modificaciones no les afectan. Después ya están las que están entre los 10.000 y los 30.000 euros. Y luego la indemnización grave y muy grave, que suben entre un 200% y un 300% en el lucro cesante.

-¿Les ha llevado mucho tiempo negociar esta nueva ley?

-Cuatro años. Pero es la primera que tiene el visto bueno de todas las partes, con 112 artículos nuevos y unas 400 páginas de tablas con las valoraciones.

-¿Hay un baremo similar en otros ámbitos?

-Hay una sentencia del Tribunal Supremo que dice que se puede aplicar en casos de accidente laboral, que carece de baremo. Pero en cualquier siniestro en el que se valore el daño personal se puede utilizar el baremo a título orientador.

-¿Si se ha tenido el accidente de tráfico el 31 de diciembre la indemnización corresponde a la ley anterior o a la nueva?

-A la anterior. A la nueva sólo se acogen los que hayan sufrido un accidente a partir del 1 de enero de este año.

-Ustedes aseveran que esta nueva ley incluye una importantísima medida social. ¿En qué consiste?

-Hay un cambio de una trascendencia importantísima. Además de la reparación del daño moral y el lucro cesante, incluye la medida social más importante aprobada en todo el año 2015, que los menores de 14 años que sufran un accidente estén cubiertos aunque sea culpa exclusivamente suya. Por ejemplo, un niño que sale a la carretera y cruza corriendo por donde no hay un paso de peatones y resulta atropellado. Pues será indemnizado en todo lo que le corresponda, por secuelas o por daños. Ocurre lo mismo con los dependientes y los discapacitados, personas que no tienen culpa civil porque no tienen dolo.

-¿Y si fallece?

-No, porque en ese caso cobrarían los padres y estamos hablando de que el accidente se produjese por culpa exclusiva suya. Se trata de un seguro obligatorio que cumple una acción social, y lo que se persigue es que ningún niño o persona sin responsabilidad civil quede sin indemnización.

-Con la crisis se han incrementado los casos de fraude. ¿Cuáles son los más habituales?

-La lesión más habitual de un accidente de tráfico es el síndrome cervical postraumático, que son los que quedan por debajo de los 6.000 euros. Es cierto que con la crisis ha subido el fraude, pero también es cierto que es muy difícil de acreditar y de medir. Se debe de intentar evitar y los abogados debemos que estar atentos para tratar de ser lo más diligentes posibles, pero hay veces que es difícil. ¿Cómo demuestras que una persona no tiene dolor?

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