Oviedo, Marián MARTÍNEZ

Asturias, la comunidad más envejecida de España, contabiliza cada año unas 1.000 prejubilaciones, la mayoría con edades comprendidas entre los 55 y los 58 años. Esta cifra es muy inferior a la de las jubilaciones. En 2009, el último del que hay cifras, se jubilaron 8.204 asturianos. En 2008 habían sido 7.298. Es decir, uno de cada siete u ocho trabajadores asturianos accede a la jubilación tras estar prejubilado.

Asturias tenía al cierre del pasado mes de octubre 166.313 jubilados, con una pensión media de 1.098,87 euros al mes.

El presidente de la patronal asturiana FADE, Severino García Vigón, calificó ayer las prejubilaciones de «derroche innecesario» y aseguró que el debate sobre la reforma de las pensiones está «distorsionado» por ellas.

El líder de los empresarios asturianos defendió que «el debate de los 67 años es ficticio. Lo que hay que hacer es que cada trabajador cumpla un número determinado de años cotizados, con independencia de a qué edad se jubile». Severino García Vigón argumentó su propuesta: «Los 65 años como fecha tope se instauraron cuando la gente empezaba a trabajar a los 15, pero ahora, por desgracia, algunos no han empezado a cotizar a los 35».

Todos los grupos del Pacto de Toledo coinciden en que es necesario controlar y frenar las prejubilaciones, para que se dejen de utilizar como vías de ajuste de plantilla y más en época de crisis. El debate está candente porque se calcula que 11.000 trabajadores con 55 o más años se prejubilen sólo con la reorganización de las cajas de ahorros. En Asturias el debate ha saltado a la palestra con la dimisión del director general del Instituto de Desarrollo Económico del Principado (IDEPA), Víctor Marroquín, que deja su cargo para prejubilarse en Hunosa con 52 años y una importante indemnización.

La prejubilación no existe legalmente, de ahí que las personas que están en esta situación pasan a engrosar las listas del paro. Hay varios métodos distintos para prejubilar a un trabajador. Puede ser mediante despidos pactados o a través de expedientes de regulación de empresa, que son los que se utilizan en el sector naval o en la empresa minera Hunosa. También están los contratos relevo, que se están aplicando en muchas compañías, como Arcelor-Mittal y las empresas auxiliares del metal.

El derecho laboral no contempla una edad de jubilación específica. Es decir, no es obligatorio jubilarse a los 65 años, excepto si se recoge así específicamente en el convenio colectivo.