Llanes, Ramón DÍAZ

«Una sentencia impecable». Ha sido la frase más repetida por varios expertos en urbanismo consultados ayer por este periódico. Todos destacaron que el Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha acertado al declarar nulo el plan de La Talá, porque es un instrumento de desarrollo de un plan general, el de 2002, también declarado nulo. Han coincidido asimismo al señalar que la doctrina que justifica la sentencia y sus consecuencias son aplicables a todos los planes urbanísticos, como el de Gijón, también declarado nulo y en revisión. Finalmente, destacaron como «lo más importante» del fallo el hecho de que los jueces señalen que a partir de ahora podrán ser declaradas nulas todas las actuaciones urbanísticas basadas en el actual plan general de Llanes.

El abogado Gerardo de la Iglesia calificó la sentencia sobre La Talá de «fantástica», además de «fuerte, dura y valiente». Aseguró que «va al grano y zanja el debate». Destacó la diferencia entre declarar «nulo» o «anulable» un plan urbanístico. En las sentencias sobre Llanes el TSJA ha declarado nulo de pleno derecho el plan general; o sea, «es nulo desde su raíz, desde que nació», independientemente de que no se haya resuelto el recurso de casación. Así que, por el «principio de jerarquía urbanística», todo lo que derive de esa norma, incluidos los planes parciales y las licencias, «carece de cobertura jurídica» y será también declarado nulo, dado que lo contrario «quebraría la seguridad jurídica y la unidad de doctrina».

El abogado Javier Junceda tildó de «acertado» que el TSJA haya anulado el plan de la Talá, en especial, por las irregularidades observadas en el trámite de información pública y las obligaciones formales y materiales incumplidas. «Estas infracciones fueron ya adecuadamente advertidas por la sala en sus (anteriores) fallos sobre el PGOU de Llanes, que juzgo impecables», destacó Junceda, quien también comparte con la sentencia «que las mismas obligaciones que se predican del plan general son aplicables también a un plan parcial».

«Es impecable la decisión de declarar la nulidad del plan de La Talá por ser nulo el PGOU al que se adapta», señaló Javier Calzadilla, abogado de la Agrupación de Vecinos y Amigos de Llanes . «Técnicamente es difícil de rebatir (la sentencia), dado que el Supremo permite que los tribunales superiores utilicen los mismos argumentos para anular el plan general y los instrumentos de desarrollo de éste, aunque no haya sido resuelta la casación», añadió. En cuanto a los efectos prácticos de la sentencia, Calzadilla destacó que al ser declarado nulo el plan quedan en el aire las licencias, incluso las ya concedidas, expuestas a ser impugnadas por cualquier ciudadano».