La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Tapia actuó bien al conceder la licencia al velatorio de As Casúas, según el juez

La sentencia considera que no pueden extenderse a la instalación tapiega las prohibiciones legales de los tanatorios

El Ayuntamiento de Tapia actuó conforme a derecho cuando en junio de 2014 concedió la licencia provisional al velatorio que acaba de abrir sus puertas en el bajo del bloque número 3 de la calle As Casúas. Así lo entiende el juzgado de lo contencioso administrativo número tres de Oviedo, que ha desestimado el recurso presentado por un grupo de vecinos que residen en las inmediaciones de la instalación funeraria.

Desde que los vecinos tuvieron constancia de los planes de la empresa Funerarias del Occidente para instalar un velatorio en la capital tapiega -se tramita desde diciembre de 2012- iniciaron una lucha para frenar la instalación. Finalmente decidieron ir a juicio en septiembre de 2014 después de que el Consistorio desestimara el recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo de junio de 2014 en el que concedió la licencia.

Los vecinos basaron su recurso en varios aspectos, todos rechazados por el juez Miguel Ángel Carbajo en su sentencia del 8 de octubre. Uno de los argumentos centrales de los demandantes hacía alusión al Reglamento de Policía Sanitaria y Mortuoria del año 1998, que prohíbe expresamente que los tanatorios estén en edificios de uso residencial. La norma nada dice de los velatorios, pero los vecinos entienden que dado que ambos equipamientos tienen coincidencias fundamentales la prohibición debería extenderse. El juez, sin embargo, no está de acuerdo con su afirmación y considera que "no puede ampliarse el ámbito de aplicación de una norma que implica una restricción a la implantación de un uso".

Tampoco convencieron al magistrado las quejas de los vecinos sobre la carencia de aparcamiento o sobre la altura de las dependencias.

El juez impone las costas, con un límite de 1.000 euros, a los demandantes. Además, sitúa en 70.896,07 euros el coste de un posible recurso de apelación que debe presentarse en el plazo de quince días.

Compartir el artículo

stats