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Doce médicos con plaza fija desde hace seis años en Asturias tienen que volver a opositar

Varapalo del Supremo al Principado: debe repetir un examen por trato desigual a los aspirantes

El Tribunal Supremo ha rechazado un recurso de casación presentado por el Gobierno del Principado y, como consecuencia, todo apunta a que deberá repetirse una oposición de especialistas en medicina intensiva, que en el año 2012 otorgó doce plazas fijas en hospitales asturianos.

El Principado había recurrido al Alto Tribunal alegando que el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) había dictado unos autos de ejecución de sentencia en los que iba más allá de lo que el propio Supremo había dictaminado que debía hacerse.

Ahora, parece claro que el asunto ya no admite más vueltas en los tribunales, y que el segundo ejercicio del concurso-oposición deberá ser realizado de nuevo porque no todos los que habían aprobado el primer examen se habían examinado del segundo en igualdad de condiciones. Si esto fuera así, toma cuerpo la posibilidad de que la docena de médicos que habían obtenido plaza fija hace seis años sean desposeídos de la misma y hayan de volver a examinarse en la misma condición de aspirantes que sus colegas.

Ésta es la consecuencia de una providencia dictada por la sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo. Fechada el pasado día 8, es la respuesta a los recursos presentados por la Administración asturiana y por los doce médicos que habían ganado un puesto en el proceso selectivo. La magistrada Celsa Pico Lorenzo, en calidad de ponente, concluye que por parte de los recurrentes "no se ha fundamentado suficientemente que concurran (...) los supuestos que permiten apreciar el interés casacional objetivo y la conveniencia de un pronunciamiento" del Alto Tribunal. El Supremo impone a los recurrentes unas costas procesales con un montante global de 1.000 euros.

A las doce plazas de medicina intensiva concurrieron inicialmente 41 candidatos. El proceso selectivo había sido inicialmente impugnado por tres de los opositores. El Tribunal Superior de Asturias desestimó su recurso, pero luego el Supremo les dio la razón. Según Ana Rosa Sáez, abogada de los recurrentes, esta respuesta del Supremo "supone que el auto del TSJA, que obliga a repetir el segundo ejercicio de la fase de oposición a todos los opositores que hubieran superado el primero, ha devenido firme y por lo tanto, debe ejecutarse en sus estrictos términos". La letrada agrega que los opositores que habían ganado plaza en 2012 "deberán verse privados de la misma y volver a realizar el segundo ejercicio".

¿Qué decía literalmente el fallo del Supremo? Que eran "nulos los acuerdos adoptados por el tribunal calificador relativos a la fijación de las puntuaciones directas y transformadas mínimas para superar el primer ejercicio de la fase de oposición y a la calificación de la primera prueba".

Entre tanto, en el auto en el que daba orden de ejecutar la sentencia del Supremo, el Tribunal Superior de Asturias decía que el segundo examen, de supuestos prácticos, "deberá realizarse de nuevo por todos los aspirantes que han superado el primer ejercicio a fin de que todos ellos obtengan el mismo tratamiento en el acceso a la función pública".

El Supremo analizó principalmente el mecanismo de calificación del primer ejercicio: un cuestionario de cien preguntas tipo test. Y concluyó que el tribunal calificador "vulneró" las bases de la convocatoria, y también los principios de seguridad jurídica y de publicidad, a la hora de establecer la puntuación de corte para aprobar el examen, ya que aplicó una fórmula de conversión que provocaba desigualdad en la valoración de los opositores.

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