Rechazo en Oviedo y Gijón a la confirmación de condena por abuso sexual a la Manada
La resolución, que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, llega tras el análisis por parte de la Sala de los argumentos expuestos en sus recursos por la Fiscalí
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Un centenar de personas se ha concentrado hoy en Oviedo contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) de confirmar la sentencia que condena a los miembros de la Manada por abuso sexual y no por violación, como pedían las acusaciones. La decisión del TSJN ha llevado a la convocatoria de protestas en varias ciudades españolas.
En el caso de Oviedo, la concentración se ha celebrado frente a la sede del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), donde aproximadamente un centenar de personas ha protestado con pancartas en las que se podían leer los mensajes "(In)xusticia patriarcal" o "El machismu mata".
El TSJN ha confirmado la condena de 9 años de prisión a cada uno de los cinco miembros de la Manada por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento, pero con el voto discrepante de dos magistrados que entienden que sí hubo agresión sexual (violación).
De estas forma se confirma la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra que condenó a 9 años de prisión a José Ángel Prenda, Jesús Escudero, Alfonso Jesús Cabezuelo, Antonio Manuel Guerrero y Ángel Boza por la violación grupal a una joven madrileña el 7 de julio de 2016 en Pamplona.
La resolución, que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, llega tras el análisis por parte de la Sala de los argumentos expuestos en sus recursos por la Fiscalía, los abogados de la víctima, las acusaciones populares (el Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra) y los abogados de los cinco sevillanos condenados.
El fallo cuenta con un voto particular formulado por dos de los cinco magistrados, Joaquín Galve y Miguel Ángel Abárzuza, que estiman que habría que condenar a los cinco procesados por un delito continuado de agresión sexual, al apreciar la existencia de intimidación, a sendas penas de 14 años, 3 meses y un día
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