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Graciano Torre libre de implicación en el "caso Hulla" y Pérez Villalta tendrá que declarar por presunta prevaricación

La jueza afirma que el exconsejero de Industria desconocía los sobrecostes y la operación política con los fondos mineros para el Montepío

Gabriel Pérez Villalta y Graciano Torre.

La jueza instructora del "caso Hulla" ha denegado la solicitud de la Fiscalía Anticorrupción de imputar por malversación de caudales públicos y prevaricación del exconsejero de Industria Graciano Torre, del exalcalde de Aller Gabriel Pérez Villalta (solo por malversación), y de los altos cargos del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y desarrollo alternativo de las Comarcas Mineras (IRMC)  de aquella época porque ha prescrito el delito al superar "en exceso" el plazo de 10 años desde que presuntamente se cometieron , y por falta de competencia del juzgado. Además, en el caso de Pérez Villalta, se tiene en cuenta el sobreseimiento de los hechos dictaminado por el Tribunal Superior de Justicia, pero se le tomará declaración como imputado por su presunto delito de prevaricación. El auto puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial de Oviedo.

La solicitud había sido realizada el pasado mes de enero por la Fiscalía Anticorrupción, al entender que habían facilitado la concesión de 30 millones con cargo a los fondos mineros para el geriátrico del Montepío de la Minería en Felechosa (Aller). Según Anticorrupción, “habrían consentido, con sus actuaciones de favor, que los fondos mineros que tenían por objeto financiar la creación de infraestructuras que debían de servir de soporte para nuevas iniciativas empresariales generadoras de empleo, sufragasen la construcción de un nuevo complejo residencial explotado por el Montepío de la MineríaTambién habrían permitido que dichos fondos enriqueciesen fraudulentamente a las personas que se colocaban detrás del proyecto” -en referencia a los principales imputados en este caso, encabezados por el exlíder minero José Ángel Fernández Villa y quien fuera entonces su mano derecha en el Montepío, José Antonio Postigo-.

Anticorrupción había solicitado que se tomara declaración en calidad de investigados a Pedro Luis Marín Uribe, Carlos Fernández Álvarez, Manuel Gómez-Cano Hernández, y María Isabel Azpeitia García, todos ellos del IRCM, y al exconsejero de Industria y Empleo del Principado de Asturias Graciano Torre González por los delitos de prevaricación y malversación. La magistrada explica en su auto, hecho público esta tarde, que la "desatención y favorecimiento del desvío de los fondos públicos gestionados por dicho organismo" y las "decisiones adoptadas en sus respectivos cargos y competencias" tuvieron lugar en Madrid, por lo que el juzgado que encabeza (Instrucción 3 de Oviedo), "carece de competencias para el conocimiento y esclarecimiento de las presuntas irregularidades".

Añade la magistrada que, además, en el caso del presunto delito de prevaricación, "habría transcurrido en exceso el indicado plazo de 10 años en cuento a dicho tipo penal delictivo".

Pedro Luis Marín, María Isabel Azpeitia y Graciano Torre ya había declarado en calidad de testigos por estos hechos, y la magistrada indica en su auto que desde entonces y hasta ahora no se han apreciado elementos indiciarios en su contra "en el modo que ahora se pretende" por parte de Anticorrupción.

Respecto del exconsejero Graciano Torre añade la jueza que "tan solo consta su obligada presencia" en calidad del cargo que ostentaba a las reuniones que se celebraron en aquella época, tanto en Madrid como en Asturias, pero  "sin que conste su conocimiento sobre el sobrecoste y demás circunstancias del proyecto que se presentaba a la mesa regional ni las irregularidades en la tramitación del expediente seguido en Madrid". Y apunta la magistrada que "resulta dudoso que las decisiones políticas adoptadas" para modificar la ley y conceder al Montepío de la MInería el total de la subvención para construir el geriátrico de Felechosa (Aller) "puedan ser revisadas en el curso de la investigación".

 En cuanto al exalcalde Aller, Gabriel Pérez Villalta, la jueza indica respecto del delito de malversación de caudales que deniega la imputación al carecer de competencias para ello. Y en cuanto al de prevaricación, indica que el asunto fue resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) en lo que respecta a las decisiones adoptadas por el Pleno del Ayuntamiento para la construcción del residencial del Montepío, y que el fallo fue "de forma expresa e inequívoca" de sobreseimiento de la causa. Pero añade que, como el exalcalde en su día se acogió a su derecho de no declarar, será citado nuevamente para tomarle declaración antes de resolver por el delito de prevaricación.

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