La jueza instructora del “caso Hulla” ha denegado la solicitud de la Fiscalía Anticorrupción de investigar al exconsejero de Industria Graciano Torre, al exalcalde de Aller Gabriel Pérez Villalta (solo por malversación), y a altos cargos del Gobierno de Zapatero en el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras (IRMC), vinculados a la concesión de fondos mineros al geriátrico del Montepío en Felechosa. Anticorrupción consideraba que existían indicios de malversación de caudales públicos y prevaricación, pero la jueza argumenta que el delito de prevaricación ya ha prescrito (al haber transcurrido más de diez años) y que el Juzgado no es competente para el delito de malversación, en este caso. Además, en el caso de Pérez Villalta, se tiene en cuenta el sobreseimiento de los hechos dictaminado por el Tribunal Superior de Justicia, pero se le tomará declaración como imputado por un presunto delito de prevaricación. El auto puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial.

La solicitud había sido realizada el pasado mes de enero por la Fiscalía Anticorrupción al entender que habían facilitado la concesión de 30 millones con cargo a los fondos mineros para construir el geriátrico del Montepío de la Minería en Felechosa (Aller). “También habrían permitido que dichos fondos enriqueciesen fraudulentamente a las personas que se colocaban detrás del proyecto”, en referencia a los principales imputados en este caso, encabezados por el exlíder minero José Ángel Fernández Villa y quien fuera entonces su mano derecha, José Antonio Postigo. Anticorrupción había solicitado que se tomara declaración en calidad de investigados a Pedro Luis Marín Uribe, Carlos Fernández Álvarez, Manuel Gómez-Cano Hernández y María Isabel Azpeitia García, todos ellos del IRCM, y al exconsejero de Industria y Empleo del Principado de Asturias Graciano Torre González por los delitos de prevaricación y malversación. La magistrada explica en su auto que como todas las decisiones se adoptaron en Madrid, donde está la sede del IRMC, el Juzgado que encabeza (Instrucción 3 de Oviedo) “carece de competencias para el conocimiento y esclarecimiento de las presuntas irregularidades”. Añade la magistrada que, además, en el caso del presunto delito de prevaricación, “habría transcurrido en exceso el indicado plazo de diez años” para este delito. Pedro Luis Marín, María Isabel Azpeitia y Graciano Torre ya habían declarado como testigos, y la magistrada indica que desde entonces y hasta ahora no se han apreciado elementos indiciarios en su contra.

Respecto a Graciano Torre, añade la jueza que “tan solo consta su obligada presencia” en calidad del cargo que ostentaba a las reuniones que se celebraron en aquella época, tanto en Madrid como en Asturias, pero “sin que conste su conocimiento sobre el sobrecoste y demás circunstancias del proyecto que se presentaba a la mesa regional ni las irregularidades en la tramitación del expediente seguido en Madrid”. Y apunta la magistrada que “resulta dudoso que las decisiones políticas adoptadas” para modificar la ley y conceder al Montepío de la Minería el total de la subvención para construir el geriátrico de Felechosa (Aller) “puedan ser revisadas en el curso de la investigación”.

En cuanto al exalcalde de Aller, la jueza indica respecto del delito de malversación de caudales que deniega la imputación al carecer de competencias para ello. Y, respecto al de prevaricación, indica que el asunto fue resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) en lo que se refiere a las decisiones adoptadas por el Pleno del Ayuntamiento para la construcción del residencial del Montepío, y que el fallo fue “de forma expresa e inequívoca” de sobreseimiento de la causa. Pero añade que, como el exalcalde en su día se acogió a su derecho de no declarar, será citado nuevamente para tomarle declaración antes de resolver por el delito de prevaricación.