La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El Estado cuestiona el encaje legal de las deducciones fiscales a las ayudas del covid

El Principado mantiene abierta la discusión y se enfrenta a un posible recurso de inconstitucionalidad, pero no prevé afecciones para los beneficiarios

Una profesional consulta las ayudas a pymes y autónomos. SHUTTERSTOCK

El Gobierno del Principado se propone seguir intentado convencer al Estado sobre el encaje legal de las deducciones tributarias asociadas a las ayudas de su “fondo covid” para evitar un recurso de inconstitucionalidad. El Ministerio de Hacienda mantiene las dudas que había manifestado sobre la licitud de la medida, incluida en el presupuesto autonómico para 2021, a partir de la consideración de que son subvenciones al desarrollo de una actividad económica y que un Gobierno autonómico no está habilitado en estos casos, conforme a las disposiciones de la Ley General Tributaria, para aplicar deducciones. Las reticencias trataron de ser dirimidas en la comisión bilateral de cooperación constituida al efecto entre la Administración del Estado y la del Principado, pero el cónclave no ha llevado a un acuerdo. El Gobierno regional defendió la medida oponiendo que sus ayudas –para los autónomos y empresarios más perjudicados por las restricciones de la pandemia– no alientan una actividad económica, sino que vienen a compensar las pérdidas por la paralización forzosa del negocio.

El argumento no ha convencido a la representación ministerial, por lo que llegados a ese punto de la discusión la cuestión podría derivar en la presentación de un recurso de inconstitucionalidad por parte del Estado. Fuentes del Principado garantizan, no obstante, que esta disonancia de planteamientos no tendrá trascendencia práctica alguna para el programa de ayudas autonómicas o para sus beneficiarios. Lo más probable es que el tiempo que consumiría la presentación del recurso y la sentencia excedan el periodo de tributación, hasta mediados del año que viene, y que una eventual sentencia contraria al Gobierno regional no se planteara con efectos retroactivos, por lo que no hay temor en esos términos en el Ejecutivo.

Las discrepancias competenciales planteadas por el Estado afectaban también, por otro lado, a otras dos medidas tributarias incluidas en el presupuesto de este año, aunque en ambos casos se han resuelto con acuerdo entre las partes. La estatal dudaba de las exenciones tributarias de las deducciones fiscales para la retención y atracción del talento. En concreto, consideraba una ayuda ilícita por ejercicio de actividad económica la parte que otorga beneficios tributarios a quienes se introduzcan por primera vez en el mercado laboral a través del sector científico-tecnológico. El argumento del Principado para tratar de probar que se trataba de una deducción “por inversión de renta”, para compensar a esas personas por el esfuerzo y el capital invertido en su formación, convenció en este caso a los representantes del Estado en la comisión bilateral y el conato de litigio terminó en acuerdo. De la misma manera acabó la parte en la que la Administración estatal ponía reparos de legalidad al fraccionamiento de los pagos al ente tributario autonómico autorizado como consecuencia de la pandemia. El Principado convenció aquí a sus interlocutores aduciendo que la ley restringe estos aplazamientos en el periodo voluntario y en el ejecutivo y que Asturias los restringió al voluntario.

Compartir el artículo

stats