Un tercio de los ascensores de Asturias, en riesgo de paralizarse si no se adaptan a la nueva norma

El Colegio de Fincas advierte de que el parque de elevadores del Principado está "tremendamente envejecido" y al margen de los requisitos que exige la normativa de seguridad a partir de julio

Un hombre accede a un ascensor.

Un hombre accede a un ascensor. / LNE

El Principado de Asturias cuenta con casi 30.000 ascensores en funcionamiento repartidos por toda la provincia y todos afectados a partir del 1 de julio por la entrada en vigor de la nueva normativa técnica. Ésta establece la obligatoriedad de cumplir nuevos parámetros de seguridad bajo riesgo de quedar paralizado el ascensor en caso de no lograr la protocolaria inspección técnica.

"La nueva normativa es muy beneficiosa en materia de seguridad, pero debería haberse llevado a cabo antes", señalan en la empresa Ascensores Elevastur, que critican que, a diferencia de otras comunidades autónomas, en Asturias no se haya adecuado la normativa de forma paulatina "para amortiguar el coste". "Muchas comunidades de vecinos tendrán que valorar si les compensa cambiar el ascensor por completo", advierten. Y es que el nuevo reglamento, que deberá ser en cada caso por la inspección de la OCA (Organismo de Control Autorizado), sube el listón en cuanto a sus exigencias.

En concreto, la normativa tiene como principales objetivos ampliar la seguridad de los usuarios y aumentar la accesibilidad del habitáculo. Dichas acometidas deberán realizarse en un plazo de un año la mayoría de ellas, y de entre 3 y 6 años dependiendo de la edad de los ascensores en el caso de las modificaciones más complejas.

En el Colegio de Fincas de Asturias advierten de que el parque de ascensores asturiano está "tremendamente envejecido", motivo por el cual se estima que un tercio de ascensores del Principado deberá acometer alguna obra de reforma. Esto, señala su vicepresidente, Juan Carlos Bachiller, "no nos pilla por sorpresa". Pese a ello, garantiza que los elevadores asturianos "están muy bien mantenidos". Y añade: "Asturias es una región que destaca sobre el resto en materia de seguridad. La administración vigila muy de cerca a las empresas de mantenimiento para evitar cualquier incidencia".

Las empresas lamentan que no se haya empezado con los cambios para amortiguar los costes

La nueva normativa establece medidas en materia de seguridad que deberán cumplir todos los ascensores para superar la ITC. El incumplimiento de las nuevas exigencias supondrá infracciones de al menos 60.000 euros. Entre las nuevas exigencias, destaca la comunicación bilateral en cabina, de modo que estén conectados a un centro que permita una rápida intervención en caso de un usuario se quede atrapado. Para ello, la comunidad deberá acometer la instalación en el plazo de un año y debe ser accesible para personas con movilidad reducida.

Entre otras cuestiones de seguridad, se incluye la mejora de la nivelación en cabina, que deberá acometerse en un plazo máximo de seis meses en caso de accidente por dicha causa, o la protección de cierre de puertas automáticas. En este caso, todos los ascensores deberán contar con una cortina fotoeléctrica que cubra la apertura al menos entre 25 y 1.600 milímetros sobre la pisadera de cabina. Esta adecuación debe realizarse antes de seis meses en caso de accidente y al año para la inspección periódica.

Por otro lado, también deberán modificarse elementos para impedir o detener la cabina más allá de la planta, además de la sustitución de las guías de cabina, los contrapesos y el chasis de aquellos ascensores que incorporen paracaídas cilíndricos, de madera o raíl, a excepción de los ascensores catalogados como patrimonio histórico artístico, los cuales deberán reducir su carga en un 50 por ciento. Los instalados antes del 6 de septiembre de 1952 a base de madera y cilíndricas huecas tendrán un plazo de tres años para adecuarse, mientras que el resto tendrán seis años. Por su parte, los instalados entre dicha fecha y el 1 de abril de 1967, el plazo será de tres y ocho años. A partir de esta última fecha, el periodo será de diez años a partir de la inspección.

Además, otro apartado establece que se debe incorporar un dispositivo que avise de la sobrecarga e impida su funcionamiento en caso de sobrepasar el límite. Los ascensores con más de cincuenta años deberán ser intervenidos en un plazo de tres, mientras que los instalados con posterioridad, su acometida tendrá que realizarse antes de cinco años desde su inspección.

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