Esta es la pena para el propietario de un club de alterne en Vegarrozadas
Trece de las quince trabajadoras estaban sin dar de alta en la Seguridad Social
![Entrada a la Audiencia provincial de Oviedo.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/25a1f7f5-03b7-42ec-a288-283ecf31c3a0_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
Entrada a la Audiencia provincial de Oviedo.
I. G.
Un acusado de tener trabajando a trece chicas en un club de alterne de Vegarrozadas (Castrillón) sin darlas de alta en la Seguridad Social reconoció hoy los hechos que le atribuía la Fiscalía del Principado de Asturias y aceptó penas de prisión, inhabilitación especial para administrar empresas y sociedades, multa y la clausura del local y suspensión de actividades durante un período de tres años. La vista oral estaba señalada esta mañana en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo. El acusado es titular del club de alterne desde el 17 de febrero de 2017.
Según el relato del Ministerio Fiscal, la noche entre el 14 y el 15 de marzo de 2019, sobre las 00.00 horas, en el curso de una inspección conjunta en materia laboral y de extranjería efectuada por los miembros de la Policía Nacional adscritos a la Brigada Local de Extranjería y Fronteras de la Comisaría de Avilés, en compañía de funcionarios de Empleo y Seguridad Social, se comprobó que en el club se encontraban trabajando 15 personas, de las cuales una era camarera y el resto, camareras de alterne, estando dadas de alta en la Seguridad Social solo dos de las trabajadoras. El resto, 13 trabajadoras, no estaban dadas de alta en la Seguridad Social.
De la totalidad de trabajadoras había siete que carecían de autorización administrativa para trabajar o autorización de residencia.
Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito contra los derechos de los trabajadores de los artículos 311.2b), 318,129 y 33.7 c) y d) del Código Penal. Concurre la agravante de reincidencia.
Tras reconocer los hechos, el acusado aceptó 2 años y medio de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo e inhabilitación especial para la administración de empresas y sociedades durante el tiempo de la condena; y multa de 8 meses, con una cuota diaria de 9 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. Además, a la sociedad tendrá que clausurar el local durante un período de 3 años.
En concepto de responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar a la Tesorería de la Seguridad Social en las cantidades que se han dejado de ingresar por la falta de alta de los trabajadores en el régimen general de la Seguridad Social, cantidades que deberán ser incrementadas con los intereses legales correspondientes. La socedad es la responsable civil subsidiaria.
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