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Libertad de expresión o ley del embudo

La limitación del derecho a buscar, recibir y difundir informaciones en relación con la política no existe

A nadie se le escapa que la libertad de expresión es uno de los pilares de cualquier sistema democrático que se precie. La libertad de expresión, es sinónimo de libertad ideológica, garantía de una opinión pública libre, base del pluralismo político, sostén de una democracia representativa.

Se reconoce expresamente en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos: Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión. Este derecho comprende la libertad de opinión y la libertad de recibir o de comunicar informaciones o ideas, sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas y sin consideración de fronteras. El presente artículo no impide que los Estados sometan a las empresas de radiodifusión, de cinematografía o de televisión a un régimen de autorización previa. En nuestra Constitución, en el artículo 20 se reconocen y protegen los derechos: a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción; a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica y a la libertad de cátedra.

Sin embargo nuestro Código Penal, en algunos de sus artículos como el 491, el 504.1 o el 543, castiga con penas de prisión o multas, determinados ataques contra la Corona o símbolos del Estado, enaltecimiento del terrorismo, … tipos penales que Amnistía Internacional pide que sean suprimidos y así lo hizo enviando una carta al Ministro de Justicia.

Son numerosas las ocasiones en que desde el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) nos han quitado la razón, así en el caso Otegi, que fue condenado a un año de prisión por nuestro Tribunal Supremo en el año 2005, por injurias al Rey, (al decir que era el máximo responsable de las torturas). Para el TEDH, la sentencia era desproporcionada. En los últimos tiempos el caso Hasél vuelve a poner en tela de juicio si el paraguas de la libertad de expresión sirve para enaltecer el terrorismo o injuriar al Rey.

Todo hace pensar que el TEDH, vuelva a decir que no se puede poner límites a la libertad de expresión. El derecho al honor, a la propia imagen, …quedan en un segundo plano cuando entran en colisión con el derecho a la libertad de expresión. Y para el TEDH, la limitación a la libertad de expresión en relación con la política no existe. Cada vez hay mas votos particulares en las sentencias en España, tal vez influenciados por la doctrina del TEDH. Tal vez esa sea la tendencia y puede que no tardaremos mucho en ver modificado nuestro código Penal bien suprimiendo algunos tipos penales o rebajando su pena, eliminando la pena de prisión y dejando sólo multa.

Lo que no puede ser es la doble vara de medir, los que defienden la despenalización, la inexistencia de límites a la libertad de expresión, tienen que abstenerse de poner límites a ésta cuando no les convienen. Así la vicepresidenta Carmen Calvo dijo que “no permitiría en nuestro país ninguna asociación que enaltezca a figuras totalitarias o a la dictadura”, en alusión a la Fundación Nacional Francisco Franco. Si defendemos la libertad de expresión es sin límites, y si un rapero puede enaltecer a ETA o a el Grapo con la excusa de que ya son organizaciones inexistentes o disueltas, ¿no puede alguien defender a Franco que ya está muerto?

La polémica está servida, pero insisto, si en política la libertad de expresión es sinónimo de libertad ideológica, llevémoslo hasta el final. El Poder Judicial ha sido claro respecto al franquismo y con motivo de su informe sobre el anteproyecto de la nueva ley de memoria histórica: “La exaltación o apología de hechos históricos, por dolorosos, reprobables o contrarios a los valores centrales de nuestra convivencia que puedan estimarse, constituyen opiniones o juicios de valor que entrarían en el ámbito de protección de la libertad de expresión, salvo cuando suponga una lesión de derechos o bienes de relevancia constitucional”.

Si se considera que en España existe un problema con la libertad de expresión es necesario una solución única, recordemos la cita de Fernando Rojas “inicua es la ley que igual a todos no es”.

Si lo que se trata, sin embargo, es seguir enfrentando a los españoles, o sacar rédito político, no estamos ante un debate jurídico, estamos ante otra cosa, que nada tiene que ver con los límites a la libertad de expresión, si éstos son necesarios o no.

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