Síguenos en redes sociales:

"Me siento terriblemente avergonzado", dice el hombre que asestó 15 puñaladas a su expareja en Lugones

El procesado acepta una pena de nueve años de prisión, pero rechaza pagar 328.000 euros a la víctima como pide la acusación

"Me siento terriblemente avergonzado", dice el hombre que asestó 15 puñaladas a su expareja en Lugones

"Me siento terriblemente avergonzado". De esta manera ejerció su derecho a la última palabra el hombre acusado de asestar 15 puñaladas a la que entonces fuera su expareja en el bar que ella regentaba en Lugones en febrero de 2019. El procesado reconoció los hechos durante el juicio celebrado esta mañana en la Audiencia Provincial y aceptó una pena de nueve años de cárcel, pero rechazó la petición de 328.000 euros de indemnización reclamada por la acusación particular.

La Fiscalía defendió que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato en grado de tentativa y solicitó que se condenara al procesado a 14 años, 11 meses y 29 días de prisión, libertad vigilada por un período de 5 años y con cumplimiento de las siguientes medidas: la obligación de estar siempre localizable mediante aparatos electrónicos que permitan su seguimiento permanente, la de comunicar inmediatamente, en el plazo máximo y por el medio que el Juez o Tribunal señale a tal efecto, cada cambio del lugar de residencia o del lugar o puesto de trabajo, la prohibición de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el Juez o Tribunal, la prohibición de comunicarse con la víctima, o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el Juez o Tribunal, la prohibición de acudir a determinados territorios, lugares o establecimientos y la prohibición de residir en determinados lugares.

A dicha petición se sumó la acusación particular, pero finalmente las partes acordaron rebajar la pena de cárcel a nueve años y dejar en manos de la sala la decisión sobre la responsabilidad civil.

Tras el acuerdo parcial, tan solo debieron prestar declaración las forenses, las cuales consideraron que la víctima está en condiciones de volver a trabajar a pesar de las numerosas secuelas que le dejaron los daños. El juicio quedó visto para sentencia.

Según el informe de Fiscalía, el procesado inició en mayo de 2018 una relación de amistad con la mujer, que posteriormente tomó un carácter íntimo, sin convivencia. La mujer tenía a su cargo a sus dos hijos menores de edad, fruto de relaciones anteriores, y no deseaba que su nueva pareja viviera en el mismo domicilio con ellos. Esto, en principio, fue aceptado por el procesado, que confiaba en conseguir doblegar la voluntad de la mujer, utilizando para ello todo tipo de recursos, incluso adquiriendo un bar a nombre de ella para que ella lo explotase.

El procesado comenzó a mostrar una actitud obsesiva y controladora con la mujer, y le decía expresiones tales como “si no eres para mí no eres para nadie”, menospreciándola con insultos como “puta” y similares, en presencia de los clientes del bar, por quienes sentía unos celos exagerados, pues presumía que todos pretendían mantener relaciones con ella. En esta situación, la víctima tomó la decisión de poner fin a la relación (ya lo había intentado en ocasiones anteriores) y así se lo hizo saber al procesado en las navidades de 2018.

El procesado, en un principio, respetó su decisión y no trató de disuadirla, como había hecho otras veces. Sin embargo, a finales de enero de 2019, comenzó a enviarle mensajes, instándole a retomar la relación. Tras ese contacto, mantuvieron relaciones íntimas y, a partir de ese momento, el procesado volvió a comportarse de un modo controlador, exigiéndole saber con quién y dónde estaba en cada momento, e insultándola.

Así, el martes 5 de febrero de 2019, el procesado se presentó en el bar de la mujer, en Lugones, en el que también se encontraban unos amigos de la mujer que solían acudir ese día de la semana. Tras cerrar el establecimiento, estuvieron en otros locales tomando unas consumiciones. El procesado adoptó en todo momento una actitud crítica y despreciativa hacia ella, observando y vigilando su comportamiento, llegando a llamarla “puta”. Ella hizo caso omiso, reaccionando con total indiferencia e ignorándole a partir de ese momento, sin contestar posteriormente a ningún mensaje ni llamada, lo que provocó en el procesado una fuerte sensación de rechazo y frustración.

A la mañana siguiente, sobre las 11,00 horas, cuando la mujer abrió el bar y se encontraba en su interior, el procesado se presentó en el local, sin previo aviso, iniciándose una discusión entre ambos. En un momento dado, cuando ella accedió al almacén, él, tras coger un cuchillo, de forma repentina y sorpresiva, se lo clavó por la espalda, sin que la víctima pudiera advertir y defenderse del ataque. La acuchilló, al menos, en 15 ocasiones, causándole otras tantas heridas, siendo la localizada en la parte cervical media-derecha horizontal la de mayor tamaño y profundidad, produciendo desgarro longitudinal de vena yugular que afectó a estructuras vitales, si bien la muerte no se produjo dada la rápida y eficaz intervención de las personas que acudieron en su auxilio y de los servicios médicos.

El tiempo total de curación fue de 343 días y le quedaron varias secuelas, entre ellas, parálisis de cuerda vocal derecha con ligera disfonía aérea y disfagia para líquidos, zona de anestesia mandíbula inferior izquierda y parálisis del nervio marginal derecho facial, deformidad labio inferior, asimilable a secuela descrita como paresia rama mandibular, limitación de movimientos de extensión y lateralización derecha del cuello, sintomatología compatible con un trastorno de stress postraumático y numerosas cicatrices, algunas de ellas, en la cara y el cuello, muy visibles. Teniendo en cuenta el número de cicatrices, localización y visibilidad de las mismas y cicatrización hipertrófica de bastantes de ellas, se estima un perjuicio estético importante.

Pulsa para ver más contenido para ti