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Los tributos también sobrecargan el recibo, incluida una doble imposición

Competencia quiere abrir el debate de la fiscalidad de la luz | El IVA y un gravamen especial suponen el 20% de la factura

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Con el precio de la electricidad en el mercado mayorista disparado y la polémica sobre las nuevas tarifas copando todas las conversaciones desde hace una semana, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) abre el debate sobre la necesidad de reformular el tercer componente del recibo de la luz: los impuestos. «Además de los costes regulados y del coste de la energía hay una tercera parte, la parte impositiva, que se deberá abordar con prioridad y ambición», aseguró ayer su presidenta, Cani Fernández, durante su intervención en el II Foro Económico Internacional.

Lo que un consumidor doméstico paga a final de mes corresponde, aproximadamente porque el peso de cada componente suele variar, en un 33% al precio de la electricidad en el mercado mayorista; en un 47% a los costes regulados y en un 20% a los impuestos. El Gobierno se plantea reducir la parte regulada a través de un mecanismo para reducir los dividendos de CO2 de los que se benefician las centrales nucleares y las hidráulicas (supondría una rebaja del 4,8% del recibo doméstico, según el Ejecutivo) y la eliminación por completo de las primas a las renovables en un plazo de cinco años, aunque no serán unos cambios inmediatos porque conllevan una tramitación lenta.

La otra parte del recibo que depende de su competencia y que podría tocar en pos de conseguir una factura más liviana serían los impuestos. Por una parte, España aplica un IVA a la electricidad del 21%, el más alto de las cinco grandes economías de la Unión Europea, por delante del Reino Unido (5%), Italia (10 %), Alemania (19%) y Francia (5,5% al término fijo y 20% sobre el variable), y al mismo nivel de países como Bélgica y Holanda, que tienen un PIB per cápita mucho mayor.

Por otra parte, la luz se grava con un impuesto específico, el Impuesto Especial sobre la Electricidad del 5,11% que, además de aplicarse sobre el término de potencia contratada y energía consumida, forma parte de la base imponible del IVA, es decir, tiene una doble imposición. Este gravamen ‘especial’ solo lo sufren nueve productos en España, además de la electricidad, entre los que se hallan bebidas alcohólicas, carburantes y vehículos.

La comisaria de Energía de la UE, Kadri Simson, ha reconocido recientemente que el impuesto especial español sobre el consumo de electricidad de los hogares “está muy por encima del mínimo de la UE establecido por la Directiva sobre fiscalidad de la energía”.

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