Tribunales

Archivada la querella de Sandro Rosell por la "Operación Cataluña"

El expresidente del FC Barcelona ejercía la acusación contra el comisario jubilado y otros agentes de la Policía Nacional, a quienes acusaba de estar implicados en la presunta emisión y presentación de informes policiales "mendaces" que llevaron a la Audiencia Nacional a dictar su prisión provisional

El expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell.

El expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell. / EP

Ángeles Vázquez

Desde el momento en que el excomisario José Manuel Villarejo no aportó detalles de la "Operación Cataluña" en el Juzgado de Instrucción número 13 de Madrid era cuestión de tiempo que el juez Hermenegildo Barrera archivase la querella del expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell contra el propio Villarejo y otros agentes de la Policía Nacional, a quienes acusaba de estar implicados en la causa por la que estuvo preso dos años por orden de la Audiencia Nacional y que terminó en su absolución nada más comenzar el juicio.

Si ha tardado más ha sido porque esperaba desde junio un informe de la fiscalía, que finalmente ha apoyado el sobreseimiento al entender que "no existe ningún indicio con un mínimo de solvencia que permita la tramitación de una causa penal para la investigación de hechos no concretados y cuya existencia no halla soporte objetivo alguno no siendo apto a tal fin lo publicado en noticias de prensa". Añade que "el querellante en ningún momento aporta dato, hecho o circunstancia de conocimiento propio que sirva para delimitar una conducta típica y su atribución a la persona del querellado".

En un auto, al que ha tenido acceso El Periódico de Cataluña, del grupo Prensa Ibérica, el magistrado explica en términos muy duros los motivos del archivo, que la defensa de Rosell, ejercida por el abogado Pau Molins, ya ha anunciado que recurrirá. Respecto a la declaración de Villarejo, en la que los querellantes habían depositado en gran parte sus esperanzas, el juez señala: "Finalmente tenemos la declaración de Villarejo, a la que parece dar total credibilidad la acusación, entendiendo por tanto que también habrá que darla cuando sostiene que el agente del FBI querellado, nada tiene que ver con este asunto y si por un tema de terrorismo respecto a un país tercero, y en cuanto afirma que respecto al querellado Antonio Giménez Raso, el querellante se ha equivocado".

Añade que "a partir de aquí, el querellado reitera lo que ya manifestó en un programa de televisión, y sostiene que es cierto que Rosell estuvo investigado por sus relaciones con el independentismo catalán, pero afirma en todo momento que su participación fue nula por todo el tema económico que a la postre dio lugar a la causa que provocó el encarcelamiento" del expresidente del Barça.

Ninguna maniobra

La resolución recuerda que la declaración de Villarejo "fue extensa y se habló de muchos temas, pero en ningún momento se concretó nada relacionado con la querella; se le preguntó hasta la saciedad sobre políticos, policías, magistrados, etc., no logrando que reconociera ninguna maniobra por el tema concreto que se imputa en esta querella, puesto que en nada participó sobre este tema".

El juez destaca "la reacción del ministerio fiscal", que se quejó de que "más que un investigado parecía un testigo de la acusación", a lo que la defensa respondió que "Villarejo se había comprometido a desvelar toda la trama", unos "compromisos" que el magistrado dice ignorar, pero en lo relativo a los motivos para actuar contra Rosell "nada se concretó".

El magistrado hace suyos los comentarios fiscales sobre la querella y dice que "nada aporta que permita sostener imputación alguna contra los querellados en esta causa". Se permite incluso precisar que "al decir nada" se refiere "a ningún dato por conocimiento propio, que permita perfilar una conducta típica por parte de los querellados".

A su juicio, "la imputación se realiza bajo el manto de una serie de apreciaciones subjetivas a partir de hechos o datos que se obtienen de medios de comunicación tanto escritos como audiovisuales, pero sin delimitar conducta alguna respecto a los aquí querellados".

"No cabe duda de que una persona absuelta estuvo en situación provisional durante dos años aproximadamente, pero cuestión distinta es que se constate la existencia de una organización criminal compuesta por los aquí querellados y en relación a la causa que provocó dicha prisión, no pudiendo pretender que al socaire de esta querella se inicie una investigación prospectiva para valorar un tema ya juzgado", concluye el magistrado.