En amparo

Seis jueces piden al TC que ejecute la sentencia europea que les amparó ante la no renovación del CGPJ

Pese a que esa sentencia adquirió firmeza el pasado septiembre, ni el Constitucional ha resuelto sobre el rechazo del recurso que fue anulado por Estrasburgo

El TC revisará la ley de vivienda, al admitir a trámite los recursos del PP y del Parlament

El TC revisará la ley de vivienda, al admitir a trámite los recursos del PP y del Parlament

Ángeles Vázquez

La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) y los seis jueces cuyos derechos se declararon vulnerados por la no renovación del Consejo General del Poder Judiciail (CGPJ) se han dirigido al Tribunal Constitucional para reclamar la ejecución de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que el pasado 22 de junio condenó a España por la incapacidad demostrada para renovar el órgano de gobierno de los jueces que en diciembre habrá doblado su mandato de cinco años.

Pese a que esa sentencia adquirió firmeza el pasado septiembre, ni el Constitucional ha resuelto sobre el rechazo del recurso que fue anulado por Estrasburgo, ni las Cortes Generales han votado el listado de candidatos que fue remitido en 2018. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, sentenció que el Constitucional no justificó en 2021 los motivos por los que rechazó el recurso de amparo de estos magistrados, lo que atentó contra su derecho a la tutela judicial.

La AJFV presentó un recurso de amparo en 2020 porque las Cortes Generales llevaban dos años sin convocar el pleno para proceder al nombramiento de los vocales de procedencia judicial, que son 12 de los 20 que integran el órgano constitucional. De ellos, seis deben ser nombrados por el Congreso y seis por el Senado.

La demanda solicita al TC que anule el rechazo del recurso de amparo contra la que se pronunció el TEDH, y lo admita a trámite. En caso contrario, los recurrentes plantean un nuevo amparo constitucional en términos similares presentado el 14 de octubre de 2020, en el que reiteran la petición de amparo constitucional porque las Cortes Generales no han adoptado ninguna actuación ni medida para continuar con el procedimiento establecido para renovar el CGPJ, a pesar de estar obligadas a renovarlo en plazo, “por lo que no estamos ante un mero retraso o dilación sino ante una verdadera desidia de las Cortes en sus funciones, puesto que han transcurrido cinco años desde la remisión por el CGPJ del listado de candidatos propuestos”.

El recurso, interpuesto por la asociación y los jueces José Antonio Baena, Rafael Estébez, Mónica García de Yzaguirre, Manuel Jaén, Juan Luis Lorenzo Bragado y María Tardón, tiene un triple fin. Por un lado, quiere que se ejecute la resolución del TEDH “para el efectivo cumplimiento de la misma, esto es, se produzca una resolución por el Tribunal Constitucional que entre a conocer sobre los derechos vulnerados"-

Acceder a cargos públicos

Por otro, "el reconocimiento del derecho de los candidatos a acceder a los cargos públicos de conformidad con su contenido constitucionalmente declarado y siguiendo los trámites legalmente previstos; y finalmente, el restablecimiento de la integridad de su derecho o libertad con la adopción de las medidas apropiadas para su eficacia que se traducen, en el presente caso, en la obligación dirigida al Órgano responsable para efectuar sin dilación los trámites legalmente previstos para la renovación y formación del nuevo Consejo General del Poder Judicial”.

“Cada día que pasa sin que los presidentes del Congreso y del Senado convoquen los plenos para renovar el CGPJ, es un día más en el que se vulneran los derechos fundamentales de los candidatos. Resulta inaceptable cómo los partidos políticos han secuestrado el órgano de gobierno de los Jueces. Estamos ante un inasumible deterioro institucional que perjudica el funcionamiento del Poder Judicial y contraviene los valores fundamentales de la Unión Europea", ha declarado Sergio Oliva, portavoz de AJFV,

El sistema actual de renovación del Consejo, explica Oliva, “no es el que las instituciones europeas entienden como el más adecuado, sino que en reiteradas ocasiones insisten a España en que los 12 vocales judiciales sean elegidos por los jueces en activo. La AJFV sigue trabajando para que los vocales judiciales contemplados en el artículo 122 de la Constitución sean elegidos por los propios jueces”.