Delito electoral
La Junta Electoral lleva a Fiscalía a la ministra Saiz, a Reyes Maroto y al PSOE-M por hacer campaña por Illa el día de reflexión
Ve un posible delito electoral castigado con penas de prisión de tres meses a un año
![La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, en una rueda de prensa](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/b9368746-8a6e-4324-8bb2-4db16a901964_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, en una rueda de prensa / EP
EP
La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido llevar a Fiscalía a la ministra de Seguridad Social, Elma Saiz; a la portavoz socialista en el Ayuntamiento de Madrid, la exministra Reyes Maroto; y al PSOE de Madrid por hacer campaña por el candidato socialista a la Generalitat, Salvador Illa, en la jornada de reflexión de las elecciones catalanas. La JEC entiende que eso puede ser delito y se lo comunica al Ministerio Público por si considera pertinente abrir diligencias.
El artículo 53 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) prohíbe "difundir propaganda electoral ni realizar acto alguno de campaña electoral una vez que ésta haya legalmente terminado".
Y en sus distintas resoluciones la Junta Electoral tiene establecido que ni el día de reflexión ni en la jornada de votación se pueden "llevar a cabo actuaciones que puedan ser consideradas como propaganda electoral en cualquier forma".
El incumplimiento de esta normativa está contemplado expresamente en el artículo 144 de la LOREG, que establece "serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o la de multa de seis a veinticuatro meses" quienes lleven a cabo actos de propaganda una vez finalizado el plazo de la campaña electoral.
La ministra Saiz fue denunciada por el PP porque, en su cuenta personal de la red social X, la antigua Twitter, el día de reflexión se hizo eco de un mensaje de Salvador Illa y expresó su apoyo a la apertura de una nueva etapa en Cataluña. La JEC coincide en que compartir esos mensajes "podría constituir un acto de propaganda electoral emitido en una red social, con proyección pública y el día en que está prohibida".
En cuanto a Reyes Maroto, también fue el PP quien la denunció por difundir en X el día de reflexión un mensaje con el enunciado "Salvador" y la imagen con la silueta del candidato socialista a la Generalitat que fue difundida en campaña por el PSC. En su resolución recogida por Europa Press, el organismo arbitral también aprecia que hay indicios de propaganda electoral fuera de plazo, contraviniendo la LOREG.
Que sólo era un gesto de cariño
Respecto al PSOE de Madrid, se trata de un mensaje denunciado por Vox y con el mismo contenido e imagen del usado por Reyes Maroto y difundido igualmente en la jornada de reflexión. En consecuencia, y pese a que el partido alegaba que sólo era un "gesto de cariño" con el PSC, la JEC también ve una posible vulneración de la ley.
Por todo ello, "la Junta Electoral Central acuerda deducir testimonio de las actuaciones realizadas y trasladarlo al Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivas del delito electoral tipificado en el artículo 144.1 LOREG".
Estos acuerdos son firmes en vía administrativa y contra ellos ya sólo cabe la interposición de recurso contencioso administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.
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