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Los vecinos de El Pisón pierden el pleito y no podrán forzar el cierre de La Plantona

El TSJA ratifica el fallo anterior del juzgado de Gijón que reconoció la imposibilidad de ejecutar la sentencia que obligaba a clausurar la instalación

Los vecinos de El Pisón pierden el pleito y no podrán forzar el cierre de La Plantona

F. G.

El largo contencioso que enfrenta al Ayuntamiento de Gijón con la comunidad de propietarios de «El Pisón», que durante años ha defendido la clausura de la planta de tratamiento de aguas conocida popularmente como «La Plantona», acaba de cerrarse a favor del Gobierno municipal, que no tendrá que desmantelar esta instalación, como pedían los afectados. En sentencia del pasado 30 de abril a la que este periódico ha tenido acceso, la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por los abogados de «El Pisón», que solicitaron la ejecución de la sentencia de un juzgado de Gijón que en 2006 ordenaba el cierre de la instalación y que posteriormente fue considerada «inejecutable» por ese mismo juzgado.

El TSJ confirma la imposibilidad de ejecutar la sentencia del juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Gijón, que obligaba a derribar La Plantona, en base a la ley del Principado de 2006 que introdujo en el texto refundido de la ley de Suelo del Principado de Asturias una normativa que dejaba sin efecto la exigencia de que las actividades nocivas, insalubres o peligrosas se ubiquen a más de dos mil metros de los núcleos habitados. A este cambio normativo se aferró el Ayuntamiento, cuya defensa en este caso quedó en manos del despacho de abogados del catedrático Raúl Bocanegra.

La normativa a que alude esta sentencia es aquélla en la que el Principado, a través de la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos para 2007, promovió una disposición legal para dejar sin efecto la aplicación en la región de un decreto legislativo en el que se establecía la exigencia de que las instalaciones fabriles, insalubres o peligrosas se alejasen al menos dos kilómetros del núcleo más próximo de población. La cercanía de la planta a sus propiedades en una distancia menor a los dos mil metros era el argumento esgrimido por los vecinos para oponerse a La Plantona.

La sentencia del TSJA que pone fin al contencioso entre el Ayuntamiento y los propietarios de «El Pisón» no establece indemnización alguna para los afectados.

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