R. V.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en una sentencia firmada el pasado día 29 de octubre, ha estimado sólo parcialmente el recurso interpuesto por la Asociación de Funcionarios del Ayuntamiento de Gijón (AFAG) contra el Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo comunes a los empleados públicos del Ayuntamiento y de sus fundaciones y patronatos. AFAG había demandado al Ayuntamiento de Gijón y los sindicatos CC OO, UGT y SIPLA como firmantes del acuerdo en el año 2008.

Los responsables jurídicos del Ayuntamiento reivindican el valor de esta sentencia, que, aseguran, «confirma prácticamente la totalidad del acuerdo regulador y rechaza sin paliativos la acusación formulada por AFAG de que la regulación prevista en el artículo 28 sobre atribuciones de locales y medios sindicales podría vulnerar la libertad sindical». Este sindicato había recurrido al juez para impugnar cuatro artículos y dos anexos de los 85 artículos y trece anexos que conforman este acuerdo municipal que sólo afecta a materias comunes. No hubo recurso contra el convenio colectivo ni contra el acuerdo de funcionarios. Esto, y la actual sentencia, genera una situación de tranquilidad laboral positiva para el gobierno local, que ha tenido en AFAG un contrincante desde hace años.

A partir de esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias se establece que el Ayuntamiento debe ajustar su regulación de las dietas de su personal, idénticas para todos, a la gradación por niveles que establece el Estado para sus empleados públicos y otro tanto con la acumulación de horas sindicales de los representantes del personal laboral y funcionarial. Además, con referencia a los anexos V y XII del acuerdo, la nueva sentencia se limita a señalar que las materias contenidas en ellos, que van del manual de la evaluación del desempeño a otros aspectos puntuales de la carrera profesional, no debieron negociarse conjuntamente para laborales y funcionarios, sino de forma separada en sus respectivas mesas y acuerdos.