Una sentencia del Juzgado de lo Social número Seis de Oviedo, hecha pública ayer, reconoce que Divertia Gijón S.A. no vulneró el honor de Álvaro Bueno Sánchez, y, en consecuencia, anula la sanción impuesta por el Principado de Asturias a consecuencia del Acta de Inspección. Álvaro Bueno fue conservador en el Jardín Botánico hasta el pasado año.

Divertia Gijón S.A., que fue defendida por el letrado Jorge Pérez Alonso, vio estimadas todas sus pretensiones en una sentencia sumamente crítica con el Acta de Inspección. Respecto a la no renovación del Convenio suscrito entre la Universidad y Divertia, uno de los puntos en los que la Inspectora había fundamentado su propuesta de sanción, la sentencia explica: "parece deducirse del contenido del Acta de Infracción (segundo párrafo del folio 60), que existe un derecho (se desconoce de qué naturaleza) de la Universidad de Oviedo para mantener y prorrogar el acuerdo de colaboración a fin de mantener a Alvaro Bueno en el puesto de "horti curator", cuando Divertia S.A. y la Universidad de Oviedo son entidades distintas e independientes que pueden libremente adoptar acuerdos de colaboración, resolverlos si entienden que hay causa para ello, no renovarlos, o imponer las cláusulas o condiciones que tengan por conveniente, sin necesidad de dar ningún tipo de explicación al respecto, ya que ninguna persona física ni jurídica está obligada a suscribir o mantener un acuerdo que, por las razones que sea, no desea mantener, ya que un acuerdo de colaboración no es más que un contrato y como tal es un acto enteramente voluntario y libre."

Tampoco considera el magistrado Manuel Barril Robles que, como se sostenía en el Acta, se "desacreditase públicamente" a Álvaro Bueno por la remisión de un correo privado a una única persona indicando que el canal de interlocución fuese personal de Divertia Gijón S.A.: "el dirigir un correo electrónico en esos términos a un tercero interesado en el asunto, ni constituye publicidad alguna, ni supone denigración alguna de las labores del trabajador, ya que lo único que se establece es un canal de comunicación entre dos entidades, sin referencia alguna a Álvaro Bueno ya que no es personal de Divertia".

La citada sentencia es firme al no caber frente a la misma recurso alguno. Asimismo, la sentencia obliga a la devolución de la sanción de 6.000 euros impuesta en su día por el Principado, más los intereses legales devengados desde el día de su abono hasta su restitución.