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El autor del atropello mortal de Somió no se enteró de que el amigo estaba en el suelo

La Fiscalía, que pide cuatro años de cárcel, le exime del delito de omisión del deber de socorro, un añadido que sí pelea la familia del fallecido

El acusado, en el coche policial, el día que se decretó su ingreso en prisión provisional.

Álvaro A. S., el único procesado por el atropello mortal de su amigo de la infancia Juan Fombona Braga en Somió en diciembre de 2017 -un suceso que conmocionó al municipio- responderá solamente por un delito de homicidio por imprudencia, en concurso con otro contra la seguridad vial, por el que afronta cuatro años de cárcel. Una pena solicitada por el Ministerio Fiscal que finalmente descarta atribuirle un delito por omisión del deber de socorro al considerar que no fue consciente de que había atropellado a su amigo el día de autos por la abundante ingesta de alcohol. No obstante, la acusación particular, ejercida por la familia de Fombona, sigue intentando que les permitan desarrollar esta idea en el juicio y han recurrido el auto de apertura de juicio oral que por el momento se lo impide.

El trágico episodio, que separó a dos familias gijonesas con amistad de años, ocurrió en la madrugada del 2 de diciembre de 2017. Un sábado. El fiscal incide, desde el inicio, que víctima y acusado habían estado de cena con otros amigos y luego de copas en un bar de la avenida de Dionisio Cifuentes, a escasos metros del punto del atropello. Sobre las 4.15 horas, ambos deciden irse del establecimiento. Álvaro A. S., "a pesar de que su estado le impedía conducir con seguridad" -explica el fiscal-, se subió a su coche mientras que Juan Fombona se fue caminando, también bajo los efectos del alcohol, al negarse a subir al coche de su amigo por su estado de embriaguez. Sus respectivas casas, donde vivían con sus padres, están a escasos metros en Somió.

Juan Fombona, según revela ahora la calificación fiscal, "presentaba un nivel de consumo y afectación alcohólica similar al de su amigo" mientras caminaba por la acera de la avenida de Dionisio Cifuentes, al pasar la iglesia de San Julián en dirección a la calle profesor Pérez Pimentel. Al llegar al número 275 se quedó tumbado en medio de la carretera. Ese día llovía y el suelo estaba mojado.

En ese momento, Álvaro A. S. -siempre de acuerdo con el fiscal- "actuando con absoluta negligencia y debido a su alteración inducida por el alcohol, no se percató de su presencia y, sin realizar maniobra alguna de frenada o cambio de trayectoria, pasó con su vehículo por encima de él". Lo hizo sin tocarle con ninguna rueda, pero el acto le provocó a Fombona múltiples lesiones internas incompatibles con la vida.

El fuerte golpe, del que no se enteró según el fiscal Álvaro A. S., sí alertó al guardia de seguridad de una casa próxima, que salió de inmediato. Al ver al joven tendido en el suelo llamó a una ambulancia. No había ni rastro del coche. Cuando llegaron los sanitarios nada pudieron hacer por salvarle la vida, tan solo subirle a la ambulancia hasta que falleció.

A raíz del atropello se inició una investigación para identificar el vehículo y detener a su conductor. La Policía Local se interesó por los últimos movimientos de Fombona y se entrevistó con todos los amigos con los que había cenado aquella noche. Álvaro A. S. acudió a jefatura el domingo, acompañado por su hermana, abogada, y declaró que no se acordaba de nada, pero su estado de nerviosismo y el balbuceo le convirtieron en el principal sospechoso. Ya el lunes, pocas horas después del funeral de Fombona -al que no acudió- fue detenido en su casa de Somió por la Policía Nacional. Allí estaba el coche, con los destrozos correspondientes.

Álvaro A. S. se acogió a su derecho a no declarar tanto en Comisaría como ante el juez de guardia, que decretó su ingreso en prisión. No obstante, el 28 de marzo se decretó su puesta en libertad tras el pago de una fianza de 5.000 euros, entregar su pasaporte -existía riesgo de fuga- y personarse en el juzgado cada 15 días, lo que ha venido haciendo hasta hoy. Ahora, afronta cuatro años de cárcel y otros seis de prohibición de conducir vehículos a motor. Al tiempo, el fiscal pide que indemnice a cada uno de los padres de la víctima con 70.400 euros y con 15.400 euros a cada uno de sus dos hermanos. No obstante, la pena puede ser superior.

La acusación particular, ejercida por la familia de Fombona, sigue peleando por atribuirle también el delito de omisión del deber de socorro, que supondrían otros dos años más de prisión. Seis en total. No obstante, el auto de apertura de juicio oral desecha esta posibilidad al estimar que no existe prueba ni indicio alguno que avale que el procesado, que había consumido mucho alcohol, se percatase de haber causado la muerte de su amigo. Es por ello que la acusación ha presentado un recurso hace solo unos días contra el dictamen judicial para poder acusarle por ambos delitos.

Al tiempo, la defensa del Álvaro A. S. prepara también su escrito de calificación provisional, que será la primera versión que explique lo ocurrido por su parte, pues hasta el momento se ha acogido siempre a su derecho a no declarar.

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