Inspección de Trabajo sanciona a Emulsa por no impedir el caso de acoso laboral

La empresa afronta una multa de 7.500 euros y seis meses de plazo para cumplir varios requerimientos, como rehacer el protocolo antiacoso

Un vehículo de Emulsa.

Un vehículo de Emulsa. / MARCOS LEON

Inspección de Trabajo acaba de sancionar a la Empresa Municipal de Servicios de Medio Ambiente Urbano (Emulsa) por no haber actuado ante un caso de acoso laboral a un trabajador que duró varios años y que era conocido por la representación de la empresa. Se da la circunstancia de que durante la investigación que se acabó abriendo por este caso de acoso laboral en el servicio de jardines surgió la denuncia del caso de acoso sexual de un capataz a trabajadoras eventuales, que acabó con varios despidos, el cese del gerente y un enfrentamiento político en el Pleno que le costó la reprobación al entonces presidente de la empresa, el socialista Olmo Ron.

Los antecedentes del caso sobre el que actúa ahora Inspección de Trabajo se remontan a 2014 cuando el trabajador, un oficial de 1ª de jardinería que había entrado en la empresa en 2002, informa de la amonestación que ha sufrido por parte de un capataz por haber ido al baño y la exigencia de que cada vez que vaya al baño se lo comunique a través de la emisora, a la que tienen acceso todos los oficiales y podía ser escuchada por el resto del personal. El oficial trabaja en Los Pericones y el acceso a los baños resultaba complicado.

No hubo respuesta de la empresa y aunque la situación con el capataz persistía, el oficial no volvió a exponerla oficialmente hasta agosto de 2021 cuando pidió que le cambiasen de local de trabajo. Los episodios de ansiedad le llevaron a una baja que duró meses. El protocolo antiacoso no se activó hasta mayo de 2022 –tras una nueva denuncia del trabajador en enero– y motivó, en septiembre, el despido disciplinario del capataz por falta muy grave.

La investigación de Inspección de Trabajo verificó la denuncia sobre los avisos para ir al baño pero también que el capataz imponía al oficial trabajos de inferior categoría y el uso para segar de una maquina donde tenía que ir de pie cuando había otras que le posibilitaban ir sentado. La conclusión de Inspección es que el trabajador "estuvo expuesto de forma prolongada en el tiempo a una conducta deliberada por parte del capataz basada en desprecios y humillaciones creando, sin que sus superiores lo hayan impedido, un ambiente laboral degradante y ofensivo para el trabajador que le ha producido daños en su salud".

Evaluación de riesgos

A esa conclusión suma que "los superiores del capataz, asimismo representantes de la empresa, han tenido una conducta omisiva en tanto que conociendo o debiendo conocer que se estaban produciendo los hechos, no adoptaron a tiempo medidas adecuadas para evitarlas, erradicarlas o frenarlas".

El resultado directo de este informe es una sanción de 7.501 euros a la empresa –la cuantía mínima– por una infracción administrativa muy grave en materia de relaciones laborales. Pero, al tiempo, se le hacen a Emulsa una serie de requerimientos a cumplir en seis meses y cuyo incumplimiento podría conllevar otra sanción.

Entre estos requerimientos está que modifique el protocolo de acoso para que no solo sea un mecanismo reactivo "una vez ocurran los hechos indeseados" sino un mecanismo preventivo. También se exige a la empresa que imparta formación a los mandos intermedios, o cualquier persona con trabajadores a su cargo, sobre acoso laboral y la necesidad de respetar lo derechos de los trabajadores "en particular derechos fundamentales como son la dignidad, la igualdad y la no discriminación".

El listado de requerimientos se completa con la exigencia de una evaluación de riesgos psicosociales, sobre todo en el servicio de jardines y con perspectiva de género, y con tomar medidas que permitan a los trabajadores ir a los aseos públicos cuando lo necesiten.

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