Langreo, L. M. D.

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo ha condenado a 18 años y 6 meses de prisión a Celso Martínez Bernardo, declarado culpable del asesinato de la joven Patricia Fernández Guzmán por el jurado popular que se encargó de juzgar el caso. La sentencia dictada por la magistrada presidenta de la sección tercera manifiesta su conformidad con la decisión del jurado de calificar los hechos como asesinato, priva al condenado del derecho a residir y acudir a Langreo y acercarse a los familiares de la víctima a menos de 500 metros, y fija una indemnización de 200.000 euros para los padres y 65.000 euros para el hermano de Patricia Fernández. El condenado también deberá pagar las costas del proceso judicial.

En la sentencia, la juez estima que Celso Martínez es «autor de un delito de asesinato», por el que impone una pena de 18 años y medio de cárcel «que es la pena prevista para el asesinato en su mitad superior y en una extensión media». La acusación particular solicitaba 20 años, mientras que la fiscalía pidió 18 y la defensa, 15, el mínimo para un delito de este tipo. La sentencia se muestra de acuerdo con el veredicto del jurado ya que «no concurre circunstancia modificativa de la responsabilidad penal». En su fallo, la magistrada subraya la «peligrosidad» del condenado, «manifestada en su comportamiento frío, calculador que incluso en los primeros momentos de la investigación le llevó a manifestar a la madre de la víctima su intención de ayudarla en lo que fuera necesario, reflejando así una personalidad con un plus de maldad y crueldad, y en todo momento obstativa al descubrimiento de lo realmente sucedido».

Según la sentencia, el jurado dio por buenos los testimonios de los guardias civiles que participaron en la investigación y del joven que encontró el cadáver, ya que éste se encontraba en un lugar «de acceso fácil pero recóndito, apartado», en el que la joven peluquera no podía haber solicitado auxilio. Esta circunstancia, unida a la existencia de una mezcla de perfiles genéticos del acusado y la fallecida bajo las uñas de ésta y en la gamuza y los guantes con los que se limpió el coche del condenado; los testimonios de los testigos -incluido el del gasolinero que lo reconoció como la persona que compró combustible para llevar en una hora próxima a la del fallecimiento de la joven- y la falta de «coherencia y sensatez» del relato de Martínez Bernardo, ha llevado al tribunal a corroborar la condena por asesinato.

Antes del comienzo del proceso judicial que desembocó en el veredicto de culpabilidad la defensa solicitaba la libre absolución, la fiscalía 15 años de prisión por homicidio y la acusación particular, 25 por asesinato.