Condenan a dos de los acusados de la "Manada de Oviedo" a doce años de prisión por violar a una menor

La Audiencia Provincial absuelve a los otros procesados del delito de exhibicionismo porque no obligaron a la víctima a mirar mientras se masturbaban y no se formuló acusación por otros cargos

La calle Jesús, donde se produjo el suceso.

La calle Jesús, donde se produjo el suceso. / LNE

La sección segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a doce años de prisión a cada uno de los dos acusados de violar a una menor en un piso de la calle Jesús, en el barrio del Antiguo, cuando la joven tenía 16 años y se encontraba con las facultades mermadas por la cantidad de alcohol que había consumido. La presidenta y los dos magistrados de la sala han decidido, a su vez, absolver a otros dos jóvenes que estaban acusados de un delito de exhibicionismo por haberse masturbado mientras sus amigos abusaban sexualmente de la chica. La sentencia explica que para dictar una condena por exhibicionismo se requiere que alguien le imponga a una o varias persona que contemplen sus actos obscenos para su propia satisfacción sexual, cosa que no ocurrió aquel día. "La conducta de los procesados podría ser constitutiva de otros tipos penales por los que no se ha formulado acusación, como el de omisión del deber de impedir delitos o del de omisión del deber de promover su persecución (...), pero la profunda inmoralidad de este comportamiento no puede dar lugar, sin embargo, a declararlos culpables del mencionado delito de exhibicionismo, porque no era una conducta ejecutada con la intención de imponer su visión", recoge el fallo de la Audiencia.

Los condenados de la "manada" de Oviedo también tendrán que indemnizar a la víctima con 20.000 euros, aunque los acusados aún pueden presentar un recurso de apelación contra la sentencia ante la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que ofrece un detallado relato de lo que ocurrió aquel 7 de agosto del año 2020. Ese día, sobre las cinco de la tarde, la víctima, una menor tutelada por el Principado, se reunió con dos amigas que estaban en su misma situación en los Jardines de La Rodriga, donde estuvieron consumiendo alcohol. Cuando se encontraban en elparque, una de las jóvenes llamó por teléfono a su novio, uno de los dos condenados. Poco después, el joven se presentó allí acompañado por el otro joven acusado de violación. Tras estar un rato con las tres amigas, los condenados les preguntaron si querían acompañarlos a la casa de un tercero, situada en la calle Jesús, para seguir bebiendo alcohol. Ellas accedieron.

Al llegar al Antiguo todos ellos tuvieron que esperar por el dueño del piso, que apareció con otro amigo. Estuvieron allí bebiendo y fumando de una cachimba hasta que, llegada la noche, una de las tres chicas comenzó a sentirse incómoda y decidió irse. Otra estaba en una habitación con su novio, así que la víctima se quedó sola en el salón con tres de los procesados. En un momento dado, la menor también empezó a sentirse molesta  "por el interés que percibía de los tres varones hacia ella", así que entró en la habitación en la que se encontraban su amiga y el novio para decirle que se iba y pedirle que la acompañara. En ese momento se produjo el ataque.

Encendió la luz y se echó sobre la cama, pero alguien apagó el interruptor. Ella se incorporó, pero recibió dos empujones y volvió a caer sobre la cama. Alguien a quien no pudo identificar trató de meterle un calcetín en la boca. A continuación, uno de los dos condenados le quitó los pantalones y la ropa interior. Tanto él como el novio de la otra joven la penetraron vaginalmente en varias ocasiones, alternándose. "Al principio ofreció resistencia física, en la que cesó al comprobar la inutilidad de sus esfuerzos", recoge la sentencia. Mientras sucedían estos hechos, los otros dos procesados se mantuvieron de pie en la puerta de la habitación, masturbándose.

Los acusados aprovecharon que la víctima tenía sus facultades psicofísicas disminuidas por la abundante ingesta de alcohol (a las 3,37 horas la tasa de alcohol era de 151 miligramos por decilitro de sangre), de modo que no podía prestar un consentimiento libre.

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