Oviedo, E. G.

«El artículo 550 del Código Penal lo dice bien claro y tipifica el delito de atentado para una agresión a un funcionario público en el ejercicio de su profesión. Vale para un policía, para un profesor y para un barrendero municipal, que también tiene condición de funcionario», dice Calatayud, quien lamenta que «hemos transmitido la idea de que fumar un porro es como fumar un Fortuna. Y de porro en porro llega a los 17 años más p'allá que p'acá».

«Los centros de internamiento juvenil -dice- se parecen más a prisiones de alta seguridad que a colegios. Que nadie se engañe. Cada menor internado sale al día por más de 250 euros».

«Hay chicos a los que les quitas el ordenador y el teléfono móvil y les entra el mono».