Becas comedor 2024: las condiciones que afectarán a miles de familias

Estas son las claves a tener en cuenta

Becas comedor 2024: las condiciones que afectarán a miles de familias

Becas comedor 2024: las condiciones que afectarán a miles de familias

Las becas comedor son un componente esencial de los programas de ayuda estudiantil diseñados para garantizar que los estudiantes tengan acceso a una alimentación adecuada mientras están matriculados en instituciones educativas. Estas becas están destinadas a apoyar a aquellos estudiantes que podrían enfrentar dificultades económicas para satisfacer sus necesidades nutricionales básicas durante su período académico.

En muchos casos, las becas comedor son parte de un sistema más amplio de becas y ayudas financieras que buscan reducir las barreras económicas para el acceso a la educación. Se reconocen como un componente crucial para promover la igualdad de oportunidades educativas, ya que abordan directamente la necesidad básica de una nutrición adecuada para el rendimiento académico y el bienestar general de los estudiantes.

Estas becas pueden adoptar diversas formas y estructuras, dependiendo de la institución educativa y las políticas gubernamentales. En algunos casos, las becas comedor pueden proporcionar a los estudiantes vales o tarjetas prepagadas que les permitan adquirir alimentos en las instalaciones de la institución o en establecimientos cercanos. Otras veces, las instituciones pueden ofrecer comedores escolares subsidiados o gratuitos donde los estudiantes beneficiarios de estas becas pueden acceder a comidas nutritivas sin costo.

El propósito fundamental de las becas comedor es abordar la inseguridad alimentaria entre los estudiantes. La inseguridad alimentaria puede afectar negativamente el rendimiento académico y el desarrollo personal de un estudiante. Al garantizar que los estudiantes tengan acceso a comidas equilibradas y nutritivas, las becas comedor buscan crear un entorno educativo más inclusivo y propicio para el éxito académico.

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En Asturias, la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 26 de mayo de 2023, adoptó el siguiente acuerdo dirigido a facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar de aquellas unidades de convivencia que no reúnan los requisitos económicos para acceder a la beca de comedor completa. La ayuda consistirá en el abono de un porcentaje (75% o 50%) del coste del comedor escolar que dependerá del nivel de ingresos y de la situación de la unidad familiar.

1.—La concesión de estas dos modalidades de subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, comparando todas las solicitudes presentadas que resulten finalmente admitidas y valorando las mismas de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 8 de las presentes Bases para seguidamente proceder a su priorización de mayor a menor puntuación obtenida.

En caso de empate a puntuación, se priorizará:

1. Las familias con rentas per cápita más bajas.

2. Si continuara el empate, el orden de entrada de la solicitud en el Registro Municipal.

Efectuada esta priorización, se procederá a la adjudicación de las ayudas y becas según el orden de prelación obtenido, todo ello de acuerdo con el límite de crédito disponible fijado en la convocatoria.

2.—No será necesario fijar orden de prelación alguno cuando, de acuerdo al crédito consignado en la convocatoria, éste fuera suficiente para atender todas las solicitudes presentadas dentro del plazo predeterminado que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases.

3.—En último caso, el criterio de concesión, si existiera consignación presupuestaria, se efectuará en atención al criterio de menor a mayor renta económica.

Artículo 6.—Requisitos para ser beneficiario y forma de acreditarlo.

1.—Podrán optar a ser beneficiarios de las ayudas que se concedan por medio de esta convocatoria las personas mencionadas en el artículo 3, siempre que los menores a su cargo cumplan con los siguientes requisitos:

a) Estar matriculados en un centro educativo público del municipio de Llanera.

b) Cursar estudios de Educación Infantil (2.º ciclo), Educación Primaria o de Educación Secundaria Obligatoria para la modalidad de ayudas a estudios, y/o de Educación Infantil (2.º ciclo) o Educación Primaria para la modalidad de becas de comedor.

2.—El cumplimiento de estos requisitos será comprobado de oficio por esta Administración, solicitando los informes pertinentes al centro educativo que se hubiera indicado en la solicitud, por lo que los solicitantes no deberán presentar informe alguno del colegio sobre estos extremos.

Artículo 7.—Criterios de valoración para determinar la asignación de las subvenciones.

1.—La ayuda y en su caso, la correspondiente cuantía, se otorgará en base a un sistema de puntuaciones basado en la suma de los puntos obtenidos en los apartados económico y social de estas Bases. Para su cálculo, se tendrá en cuenta la situación de la unidad familiar que resida en un mismo domicilio a la fecha de publicación de esta convocatoria.

Se considerará que conforman la unidad familiar de convivencia del solicitante —a los exclusivos efectos de esta convocatoria— las siguientes personas:

• Los cónyuges, tutores legales o parejas de hecho.

• Los hijos mayores y menores de edad residentes en el domicilio familiar.

En el caso de separación de hecho sin que exista convenio regulador, así como cuando haya custodia compartida, también se considerará computable como miembro de la unidad familiar de convivencia al progenitor o la progenitora que no esté empadronado/a con los menores, por lo que también se deberán aportar sus datos económicos y laborales.

Para la determinación de la “Unidad familiar” ha de tenerse en cuenta lo siguiente:

a) Se entiende por familia monoparental – a los exclusivos efectos de esta convocatoria – el núcleo familiar compuesto por un único progenitor o progenitora y los hijos o hijas menores a su cargo siempre que: (1) no conviva con otra persona con la que mantenga una relación análoga a la conyugal y además (2) el otro progenitor o progenitora no contribuya económicamente a su sustento.

En ésta misma línea, no tendrán la consideración de familia monoparental aquellas separaciones de hecho en las que no exista convenio regulador.

b) En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, el destinatario de la beca será el padre o madre que tenga atribuida la custodia del menor de acuerdo con lo establecido en el convenio regulador o sentencia judicial.

c) En ningún caso podrán ser destinatarios de la beca los progenitores privados de la patria potestad de sus hijos o que hayan sido condenados por violencia de género, o si la tutela o la guarda fuera asumida por una institución pública.

En este último supuesto, los menores tutelados podrán ser beneficiarios de beca de comedor si se acredita que la distancia entre su centro escolar y el de acogida no hace factible el uso de transporte escolar.

2.—Criterio económico.

Se atenderá a los ingresos obtenidos por la unidad familiar durante el ejercicio 2022, en función a los cuales se asignará una puntuación. Esta cuantía se calculará de la siguiente manera:

Primero.—Se sumarán los rendimientos obtenidos por todos y cada uno de los miembros computables de la unidad familiar de convivencia (los empadronados en el domicilio). Esto se refiere tanto a los rendimientos derivados del trabajo (por cuenta propia o ajena), como a los rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario, pensiones y cualesquiera otras rentas, ingresos o prestaciones de todo tipo – incluidas las pensiones de alimentos –.

Segundo.—A lo obtenido en el apartado anterior se le restarán los gastos derivados del alquiler o hipoteca de la vivienda habitual, con el límite máximo de la cuantía anual – 12 pagas – del IPREM en vigor para ese año 2022, no pudiendo computarse lo que exceda de dicha cantidad.

En los supuestos debidamente justificados, cuando no figure aplicada la reducción para adquisición o alquiler de vivienda en la declaración del IRPF, deberán de aportar certificado acreditativo de las cantidades satisfechas en el mismo período.