La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El Sporting logra un triunfo jurídico al dejar la sanción de Aitor en un partido

El Comité atiende las alegaciones del club gijonés, apoyadas por el preparador físico del Cartagena, y el jugador rojiblanco solo se perderá el encuentro contra el Logroñés

Aitor García se lleva las manos a la cabeza tras ver la tarjeta roja Ángel González

Casi al mismo tiempo que presentaba a Víctor Campuzano, el Sporting recibía una buena noticia procedente de Las Rozas, ya que el Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol dejaba en un partido la sanción a Aitor García por la tarjeta roja que vio frente al Cartagena. Una decisión sin precedentes, ya que el acta del árbitro recogía un insulto grave del jugador, castigado habitualmente con un mínimo de cuatro partidos. El abogado del Sporting, Ramón de Santiago, estaba muy satisfecho de que el Comité atendiese las alegaciones presentadas, en las que jugó un papel clave la declaración del preparador físico del Cartagena, Fran Xavier.

“En el minuto 79 el jugador (7) García Flores, Aitor fue expulsado por el siguiente motivo: Dirigirse a mi árbitro asistente número 1 en los siguientes términos: “Me cago en tu puta madre”. La redacción del acta por parte de López Toca exponía a Aitor a una grave sanción, por lo que Ramón de Santiago se puso a trabajar en la presentación de alegaciones. “Vistos los precedentes, en casos parecidos, el objetivo era que fuesen cuatro en vez de ocho, o dos en vez de cuatro”, reconoce ahora De Santiago, que solicitó a La Liga permiso para revisar las imágenes.

Como el audio y el vídeo no permitían rebatir la redacción del acta, el abogado del Sporting pasó a las pruebas testificales: “Le pregunté a nuestro preparador físico, Eduardo, y a Carmona, que estaban al lado, y coincidían en que Aitor no se dirigió al linier. Después llamé al preparador físico del Cartagena y me dijo lo mismo, y no me puso ningún problema para ratificarlo por escrito”. Y añade: “El acta del árbitro tiene presunción de veracidad, pero admite carga de la prueba en contrario”.

A la vista de la resolución del Comité de competición, Ramón de Santiago se muestra satisfecho con la sanción de un partido: “El artículo 119 del código disciplinario de la Federación contempla sanciones de uno a tres partidos por expresiones inadecuadas y contrarias al decoro deportivo. Ya sé que hay gente que critica la sanción porque lo quiere todo, pero no vamos a quejarnos después de haberle puesto el mínimo”.

Sobre la hipótesis de que la expresión de Aitor García no fuese merecedora de tarjeta roja, el abogado especialista en Derecho Deportivo Luis Nogueiro recuerda que en la Regla 12 del reglamento del fútbol se recoge que es motivo de expulsión de un jugador “por emplear lenguaje ofensivo, grosero u obsceno y/o gestos de la misma naturaleza”. En ese sentido, Ramón de Santiago también apunta que Aitor García debería de reconsiderar algunas de sus actitudes: “Me dicen algunos jugadores que utiliza mucho esa expresión en los entrenamientos. Y en el vídeo del partido frente al Cartagena se aprecia que lanza una mirada desafiante al linier. No debería correr esos riesgos”.

El Comité de Competición señala que “tras el examen y consideración conjunta de las alegaciones formuladas y de las pruebas aportadas, este Comité entiende, del visionado de las imágenes pero, muy particularmente, de las declaraciones aportadas de jugadores y técnicos que se encontraban en las cercanías donde se produjo la expresión, no solo del propio equipo, sino también del rival, que existen indicios razonables suficientes para poder concluir que, en efecto, la expresión utilizada por el jugador expulsado, aun desafortunada, no se dirigía contra el colegiado asistente en términos de ofensa personal hacia el mismo, sino de una expresión desafortunada del jugador hacía sí mismo. Ello haría que no se pudiera calificar la expresión como un insulto u ofensa personal contra los colegiados”.

Compartir el artículo

stats