Bajada de sueldo en 2024: la razón por la que vas a cobrar menos en enero

Una medida que afecta a todos los trabajadores dadas de alta en la Seguridad Social. ya sean contratados o autónomos

Bajada de sueldo en 2024: la razón por la que vas a cobrar menos en enero

Bajada de sueldo en 2024: la razón por la que vas a cobrar menos en enero

La propuesta del ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, de elevar temporalmente las cotizaciones sociales para rellenar la 'hucha de las pensiones' persigue asegurar esta prestación para las jubilaciones de la generación del llamado 'baby-boom'. Por ello, hay que sumar en el Fondo de Reserva de las pensiones. Con el objetivo de “preservar el equilibro entre generaciones y fortalecer la sostenibilidad a largo plazo en el sistema de la Seguridad Social”, se creó el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que se aplicó por primera vez en 2023.

La base máxima de cotización también se revalorizó en 2023 un 8,5 %. A este incremento se suma la entrada en vigor del mecanismo de equidad intergeneracional (MEI) que conlleva un alza de 0,6 puntos de las cotizaciones, de los que 0,5 puntos serán pagados por la empresa y 0,1 por el trabajador.  No afectará a las pensiones, por lo que no se reducirá el importe de las mismas, a diferencia del derogado Factor de Sostenibilidad. Se trata de un nuevo impuesto asumido por todos los trabajadores independientemente de sus ingresos. Es decir, el porcentaje sobre el salario será el mismo para todos.

Este nuevo impuesto se aplica como un nuevo concepto de cotización, por lo que las personas que estén dadas de alta en la Seguridad Social verán reducidas sus nóminas en un 0,6%. Este recargo en la cotización pesará en la nómina de los trabajadores pero también en la cuota de autónomos.

Un impuesto que se incrementará

Cabe destacar que esto afecta a todas las nóminas, independientemente del salario que percibas y en el caso de los trabajadores autónomos asumen el 0,7% completo. Las únicas salvedades de esta cotización afectan al sector marítimo-pesquero, como explica el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

“La cotización adicional finalista que nutrirá el Fondo de Reserva de la Seguridad Social no podrá ser objeto de bonificación, reducción, exención o deducción alguna. De igual forma no podrá ser objeto de disminución por la aplicación de coeficientes u otra fórmula que disminuya la cotización ni por cualquier otras variables que puedan resultar de aplicación respecto de las aportaciones empresariales o de los trabajadores, en función de las condiciones de cotización aplicables a los mismos por su inclusión en cualesquiera de los regímenes y sistemas especiales de la Seguridad Social, o en función de las situaciones de alta o asimilada al alta que determine la obligación de ingreso de cuotas, así como del sujeto responsable del ingreso de las mismas, salvo lo previsto para los trabajadores de los grupos segundo y tercero del artículo 10 de la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero”, explica,.

La sobrecuota del MEI irá subiendo de manera progresiva hasta alcanzar el 1,2% en 2029 y de 2030 a 2050 se mantendrá en ese 1,2%, aunque podrá aumentar de manera automática si el gasto en pensiones sobrepasa el 15% del PIB, cosa que por ahora se descarta en las proyecciones del Gobierno.