Oviedo, L. Á. V.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial a una constructora de Oviedo por publicidad engañosa y vicios constructivos en la urbanización «Álamos del Villar», en la avenida del Mar de Oviedo. La Audiencia condenó a la constructora Los Álamos a pagar 401.033 euros, 120.000 menos de los impuestos en primera instancia. Además, no podrá construir un edificio que tenía previsto en la misma zona.

Los propietarios de los números 65, 67, 69, 71, 73, 75 y 77 de la avenida del Mar denunciaron a la constructora después de encontrar defectos en las viviendas, como humedades o elementos no recogidos en el proyecto inicial. Las cajas de las persianas, que debían ser empotradas, estaban a la vista. Además, denunciaban que en la publicidad de la urbanización no figuraba un talud que limitaba la luz natural de las viviendas. Además, lejos de disponer de la amplia zona ajardinada que se planteaba en la publicidad del proyecto, la constructora tenía previsto levantar otro edificio.

La constructora adujo que en la publicidad especificó que el planeamiento estaba pendiente de aprobación por el Ayuntamiento. Por lo que se refiere a los defectos constructivos, adujo que ya habían sido subsanados e indicó que en el proyecto no se contemplaba instalar persianas empotradas en todas las estancias y en todas las viviendas.

En su sentencia, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, presidida por el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos, se destaca que «la relevancia de la publicidad en el proceso de toma de decisiones de un comprador medio es cada vez mayor, como también es mayor la posibilidad de crear una falsa expectativa que lo prive de la posibilidad de ponderar la conveniencia de adquirir una vivienda en determinadas condiciones». El Supremo considera que la empresa no entregó a los adquirentes todo lo que en su actividad publicitaria había anunciado y prometido, lo que les causó «un perjuicio evidente». Según el Supremo, «la publicidad de la promoción, con intención de atraer a los compradores, no se limitó a la urbanización de los terrenos sobre los que se construyeron los edificios, sino que se incorporó un contenido informativo y ofreció una visión distinta del conjunto urbanístico», de forma que se hizo creer al consumidor que tanto su vivienda como el edificio en su conjunto «se iban a desarrollar de una determinada forma».