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Los juristas, unánimes: la ley ya excluye el "corta y pega" en los pliegos de contratos

Los expertos advierten de las restricciones en concursos con "requisitos excesivos" que acaban siendo "trajes a medida" para ciertas empresas

Los expertos en Derecho Administrativo son unánimes. La actual legislación de contratos públicos ya excluye el "corta y pega" de patentes o especificaciones técnicas muy detalladas en los pliegos, salvo en muy contadas excepciones, pero la nueva legislación que entra en vigor el próximo 9 de marzo endurece aún más las condiciones, incrementando los controles contra las prácticas irregulares o profesionalizando las mesas de contratación, de las que quedan excluidos los políticos. Serán más difíciles los contratos "a medida".

La legislación de contratos públicos busca conseguir la máxima competencia, para facilitar el acceso de cualquier empresario a la contratación pública y para que la Administración obtenga las mejores prestaciones. Las limitaciones de la competencia redundan en precios más altos y en que las Administraciones Públicas puedan hacer menos cosas con el dinero de que disponen, siempre limitado, sostienen los expertos. Precisamente, LA NUEVA ESPAÑA desveló que pliegos técnicos con cláusulas restrictivas en las Cuencas tuvieron como consecuencia que sólo una empresa, la misma, pudiese optar al contrato de contenedores de Mieres, Langreo y San Martín. Empresarios han denunciado en Oviedo que el concurso de las nuevas farolas de la ciudad está "dirigido".

Según el catedrático de la Universidad de Oviedo Alejandro Huergo Lora, "proliferan las restricciones indirectas a la contratación, estableciendo requisitos excesivos de solvencia técnica o profesional que son un traje a medida para determinados empresarios, o las restricciones tecnológicas, que reducen el número de empresas que pueden participar en la licitación al exigir características muy precisas al objeto a comprar". La ley actual, señala, ya impone "una especie de principio de 'neutralidad tecnológica', para evitar la creación de obstáculos injustificados a la apertura de los contratos públicos a la competencia". De todas las soluciones tecnológicas disponibles, "no puede exigirse una concreta, sino que hay que admitir cualquier alternativa que sea equivalente desde el punto de vista funcional", añade Huergo. Y se prohíbe describir el objeto que se quiere contratar haciendo uso de patentes u otros derechos de exclusiva, que obligarían a contratar con un empresario concreto. "Ha de admitirse también cualquier producto equivalente. Es necesario aplicar el principio de proporcionalidad: una pequeña ventaja tecnológica de un producto sobre sus competidores, no puede justificar una desventaja muy grande como es la exclusión total de la competencia de productos alternativos", explica el catedrático.

Huergo añade que "los empresarios perjudicados tendrían que recurrir los pliegos de condiciones, aunque en muchos casos no lo hacen porque no confían en la utilidad del recurso". En los contratos de más cuantía (con la nueva Ley, 100.000 euros en un contrato de suministro), se puede interponer un recurso especial ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales y paralizar el procedimiento. La profesora de Derecho Administrativo Eva María Menéndez Sebastián, añade que el recurso especial se ha extendido a más supuestos.

Menéndez indica que la nueva legislación "va a endurecer las cláusulas contra la corrupción, incrementar los controles previos y posteriores y reforzar las cláusulas sociales y de calidad". También facilitará el acceso de las pymes a los contratos. "Aumentan los controles de la administración respecto a las empresas contratistas, que deberán cumplir sus obligaciones con los trabajadores. El precio será un aspecto excepcional y entrarán en juego otros factores como la calidad y el coste de vida del producto, esto es, cuánto contamina, las dificultades de reciclaje", indica la profesora titular. Todas estas nuevas cláusulas "complican la elaboración de los pliegos, por lo que se urge a una profesionalización de los órganos de contratación, de forma que se prohíbe que los políticos formen parte de las mesas", añade.

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