La Fiscalía del Principado de Asturias solicita 9 años de inhabilitación para empleo o cargo público para Tomás Cueria, exalcalde de Caso, acusado de prevaricación. La vista oral está señalada mañana, 8 de febrero, en el Juzgado de lo Penal de Langreo, a las 9,30 horas. El Ministerio Fiscal sostiene que el acusado, en su condición de alcalde del Ayuntamiento de Caso, cometió, "a sabiendas, irregularidades al prescindir de cualquier procedimiento administrativo en la contratación de un servicio de actuaciones de infraestructuras de defensa contra incendios, tras la subvención concedida por el Principado de Asturias para la realización de los mismos por resolución del Director de Política Forestal de 22 de octubre de 2014, según la convocatoria publicada en el BOPA de fecha 6 de mayo de 2014. El acusado, conociendo el informe de Intervención, el 22 de mayo de 2015 levantó el reparo que había formulado la Secretaria Interventora del Ayuntamiento, a favor de la empresa Cofoso Sociedad Cooperativa por un importe de 33.817,25 euros para la realización de dichos trabajos contra incendios, ya que no siguieron, a sabiendas de su irregularidad, los trámites administrativos necesarios fijados en la Ley de Contratos del Sector Público en materia de contratación. Se tuvo que iniciar la revocación parcial de la subvención por parte del Principado de Asturias, y eso supuso un recargo de un 10%".

También considera la Fiscalía que Cueria "prevaliéndose de su condición de alcalde del Ayuntamiento de Caso, el 18 de septiembre de 2015 levantó el reparo formulado por la Secretaria Interventora en la contratación de la empresa Gesport Nalón SL por impartir clases de gimnasia en los meses de enero, marzo, mayo y junio de 2015 por un importe de 2.666,78 euros, así como también en el mes de octubre de 2015 por importe de 1.093,06 euros y en el mes de diciembre por importe de 240,33 euros". También, el 18 de septiembre de 2015 levantó el reparo formulado por la Secretaria Interventora al contratar a la empresa de limpieza Vilzar SL por la limpieza de las dependencias municipales en el mes de mayo de 2015 y por importe de 544,50 euros; en el mes de junio por importe de 544,50 euros; en los meses de julio, agosto y septiembre de 2015 por importe de 1.633,50 euros; así como en la contratación de la empresa Aqualia SA por la explotación, mantenimiento y conservación de EDARs en Cabañaderecha, El Tozu y Encrucijada en el mes de mayo de 2015, y por importe de 879,56 euros; también en el mes de junio por importe de 4.775,54 euros.

El 26 de octubre de 2015, siempre según las conclusiones de la fiscalía, también levantó el reparo formulado por la Secretaria Interventora a cuatro facturas de Aqualia SA por importe de 9.910,82 euros, a dos facturas por importe de 4.775,54 euros y, el 31 de diciembre de 2015, levantó el reparo a dos facturas por importe de 4.905,41 euros.Lo mismo pasó el 31 de diciembre de 2015 con el reparo a tres facturas de la empresa Vilzar Gestión de Servicios y Limpieza Especializada por el mantenimiento y limpieza de edificios municipales de octubre a diciembre de 2015 por un importe de 1.633,50 euros, prescindiendo en todos ellos de cualquier procedimiento administrativo que los amparase.

Por todo ello, la Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de prevaricación de los artículos 15.1 y 404 del Código Penal, "con arreglo a su regulación anterior a la reforma operada por la Ley 1/2015 de 30 de marzo de 2015, y solicita que se condene al acusado a 9 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público representativo y/o electivo tanto a nivel local (alcalde o concejal) como provincial, autonómico, estatal o supranacional, debiendo el acusado quedar excluido de todo proceso electoral en los ámbitos indicados, así como igualmente de las correspondientes juntas electorales".