La idea es que la junta de accionistas del Sporting se celebre los días 17 o 18 de enero y se producirá una convocatoria doble. A la junta ordinaria a la que está obligada la Sociedad Anónima Deportiva se sumará una junta extraordinaria, que es necesaria para poder modificar los estatutos del club. Una condición indispensable para llevar a término la idea que tiene Javier Fernández de que los consejeros que tengan dedicación plena pasen a percibir un salario. De los tres actuales, el único beneficiario sería el presidente Javier Fernández, aunque la remuneración podría ser un atractivo para convencer al cuarto consejero que se lleva tiempo buscando.

Al margen del sueldo del presidente, una de las novedades de la asamblea de este año es que Javier Fernández volverá a hacer uso de las acciones de Por el Futuro y la Estabilidad del Club (PFYEC), que suponen un 40% del capital social del club. En los dos ejercicios anteriores, Javier Fernández renunció a este paquete accionarial por estar judicializado por la disputa que mantenía la familia Fernández con su socio José María González de Caldas. Una vez resuelto ese proceso a favor de los asturianos, los Fernández se han hecho con el control del paquete mayoritario de acciones del club. Así pues. Javier Fernández se presentará ante los accionistas controlando el 72% del capital social del club (40% de PFYEC, 24% de la sociedad Castellana de Negocios y 8% de su padre José Fernández a título personal).

Para hacer modificaciones estatutarias se requiere un quorum mínimo del 50% del capital social en primera convocatoria y un 25% en segunda. En caso de que se llegue a la segunda convocatoria (lo que está en la mano de Javier Fernández, ya que él solo ya garantiza el quorum) se requiere el voto favorable de dos tercios del capital social presente para aprobar un cambio en los estatutos. De nuevo bastará el voto del máximo accionista.

La idea de Javier Fernández pasa por vincular el salario de los consejeros con dedicación plena a un porcentaje del presupuesto del club, con lo que en caso de descenso su sueldo se reduciría proporcionalmente. Esto no quiere decir que se vaya a alcanzar dicho tope, lo que está descartado. Tan sólo se garantiza que no se podrá exceder de él.