Asturias ya tiene confeccionadas las normas para estas Navidades. El Principado había fijado en un máximo de 10 personas y de no más de dos grupos de convivencia las que podrían compartir mesa en las próximas fiestas navideñas. Y además, el toque de queda se ampliaba a las 01.30 de la madrugada en las noches de los días 24 y 31. Y en el caso de esos festivos y la mañana del día de Reyes, el 6 de enero, el toque de queda se levanta a las 7 horas y no a las 6.

Esa era la intención inicial, pero ya la pasada semana se apuntaba que podría haber novedades respecto a esas decisiones y novedades más restrictivas. Esta misma tarde el BOPA (Boletín Oficial del Principado de Asturias) ha recogido esas novedades restrictivas en las que se explicará la totalidad de las medidas que los asturianos tendrán que aplicar en Navidad.

Limitación de encuentros familiares

Ejecutivo limitará los encuentros de las fiestas navideñas durante los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 y 6 de enero, a un máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes. Además, estas reuniones solo se podrán realizar entre un máximo de dos grupos de convivencia (una medida más restrictiva que en el resto de comunidades), tanto en espacios públicos como privados.

Según el BOPA "se limita a seis personas la permanencia de grupos de personas en espacios de uso público o uso privado durante los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 y 6 de enero, salvo que se trate de convivientes, entre un máximo de dos grupos de convivencia. Antes el número se fijaba en 10 personas para estos días festivos.

- Se incluye en la definición de familiares a los ligados por vínculo de consanguineidad o afinidad hasta el segundo grado y sus convivientes (es decir, padres, abuelos, hijos, nietos, y hermanos, y sus cónyuges y conviventes). Se mantiene la definición de allegadas a las que, sin estar relacionadas por vínculo familiar de consanguineidad o afinidad, se hallen unidas por vínculo afectivo de relación de pareja o análoga relación de afectividad".

Sin San Silvestres ni campanadas

No se autorizarán cabalgatas de Reyes, carreras de San Silvestre ni campanadas de Nochevieja, dado que se trata de eventos multitudinarios que podrían facilitar la difusión de la covid-19.

Asturias cerrada al turismo, con salvedades

Se mantiene el cierre perimetral de la comunidad para primar la seguridad, aunque se permitirá la entrada y salida hacia otros territorios para visitar a familiares y allegados, entendido este último concepto como aquellas personas con las que, sin tener una relación de parentesco, se mantenga un vínculo afectivo de pareja o análogo. [Puedes consultar aquí toda la información sobre las San Silvestres en Asturias]

Cambios en el toque de queda:

Se adelanta el límite horario de los días festivos a las 00,30 horas. Así, el apartado 2 del artículo 5 queda redactado como sigue: “2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, durante las madrugadas de los días 24 a 25 de diciembre y 31 de diciembre a 1 de enero, la causa justificada de movilidad nocturna de regreso al domicilio o residencia habitual será justificativa de desplazamientos hasta las 00,30 horas. Las madrugadas de los días 25 de diciembre y 1 enero, además del 6 de enero, la limitación de movilidad nocturna se extenderá hasta las 07,00 horas.”

 Actos religiosos

Los actos religiosos se podrán realizar tanto en espacios al aire libre como en interiores, con un límite del 50% del aforo y respetando siempre la distancia de seguridad interpersonal, así como los horarios y la limitación de movilidad nocturna vigente.