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El condenado por el homicidio de David Carragal: "Si hubiera sabido lo que iba a pasar no hubiera actuado así"

"No se me hubiera pasado por la cabeza", añade Jorge C. C. en la vista de apelación que ha tenido lugar en el Tribunal Superior de Justicia de Asturias

Un momento del juicio por el la muerte de David Carragal en la Audiencia Provincial de Oviedo

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha celebrado hoy y la vista de apelación a la sentencia de la Sala Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo, que condenó a 12 años de prisión a Jorge C. C. por homicidio doloso y sin atenuantes a David Carragal tras propinarle una patada en la cabeza durante las fiestas de La Florida, en Oviedo. La vista concluyó con unas palabras del condenado a través de una videoconferencia desde la prisión. En ellas reconoce que su actuación fue "imprudente" pero añade que en ningún caso fue consciente de que la patada que propinó a David Carragal iba a acabar con su vida: "No se pasó por la cabeza que pudiera haber acabado así, si lo hubiera sabido no hubiera actuado así".

Previamente, el abogado del acusado, Jorge García, había pedido la nulidad de la sentencia, del veredicto del jurado y la repetición del juicio en la Audiencia Provincial. El letrado sostiene que se vulneró el derecho de defensa de su cliente al estar presentes las dos amigas de David Carragal, testigos de los hechos, durante sus respectivas declaraciones. También niega que quedara demostrada la intención de Jorge C. C. de acabar con la vida de Carragal cuando le propinó la patada y asegura que el acta del jurado no motiva su decisión de acusar a su cliente de homicidio doloso, al tiempo que señala que hay varios motivos para aplicarle atenuantes, como su confesión a la policía o que estuviera bebido en el momento de la patada.

En relación a la coincidencia de las dos testigos y amigas de Carragal durante su declaración en el jucio, la Fiscalía sostiene que "no hubo riesgo de confabulación", puesto que solo una de ellas "presenció la patada". Por su parte, el abogado de la acusación, Ángel Bernal, sostuvo que la forma en la que se produjeron los hechos implica que el acusado era consciente del riesgo de su actuación: "Se colocó de lado, se preparó durante un minuto como para dar una patada a un balón de fútbol y le dio directamente en la cabeza; una persona de 1.90 de estatura, que había colgado ese mismo verano vídeos en los que se le veía lo musculadas que tenías las piernas, eso es lo que despliega sobre David Carragal". Unos hecho de los que, sostiene Ángel Bernal, "el acusado pudo deducir razonablemente el resultado de muerte".

Los abogados de los amigos de Jorge C. C., que fueron multados con 2.250 euros por omisión de socorro, aseguraron que la actuación de sus clientes no se puede contemplar como omisión de socorro, puesto que Carragal fue inmediatamente atendido. La Fiscalía coincide en este caso con la defensa de estos dos acusados. Sin embargo, el abogado de la acusación sostiene que ninguno de los dos tuvo la intención de socorrer a la víctima y que, por lo tanto, sí que cometieron esa infracción. Además, los abogados de los dos acompañantes de Jorge C. C. pidieron que las costas del juicio se repartan en función de la importancia de los delitos cometidos.

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