La Fiscalía del Principado de Asturias solicita un año de prisión y la retirada del carné durante 2 años y 6 meses, lo que conllevaría la pérdida de su vigencia, para el acusado por el atropello mortal ocurrido en el acceso a la estación de esquí de Fuentes de Invierno en enero de 2020 cuando la víctima se había detenido para poner las cadenas a su coche. El escrito de acusación provisional del Ministerio Fiscal ya ha sido presentado en el juzgado encargado del procedimiento, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Lena.

El Ministerio Fiscal sostiene que, "sobre las 11:20 horas del día 19 de enero de 2020, el acusado circulaba en dirección Ujo por la carretera AS-112. Se trata de una carretera sinuosa con doble sentido de circulación con una anchura total de 7 metros, con una pendiente del 7% y que en el momento de ocurrir los hechos se encontraba mojada y totalmente cubierta por nieve, lo que obligaba al acusado a circular con cadenas. Hay una limitación de velocidad de 50 km/h y advertencia previa señalizada de la existencia de intersección con vía a la izquierda. Al llegar al kilómetro 42,300, debido a que el acusado conducía a velocidad excesiva para las circunstancias de la circulación, sin poner las cadenas de su vehículo, con los neumáticos del vehículo desgastados y no aptos para el uso en nieve y sin prestar la mínima atención a las circunstancias del tráfico, en la intersección de la carretera con el cruce para la entrada a la estación de esquí de Fuentes de Invierno, el acusado invadió la banda contraria de rodaje y no realizó la curva a la derecha que tenía en su sentido de circulación".

En vez de eso, prosigue la Fiscalía "continuó circulando recto hasta colisionar frontalmente contra el lateral anterior izquierdo" del vehículo del ovetense Misael García, que había estacionado en la explanada existente en la desviación de entrada de la estación de esquí para poner las cadenas." En ese momento, García las estaba poniendo en la rueda delantera izquierda, cuando fue arrollado violentamente por el vehículo del acusado, en un impacto frontal".

A consecuencia de los hechos, García, nacido en 1976, sufrió un politraumatismo que le produjo shock traumático agudo y el fallecimiento en el mismo lugar. El fallecido, estaba casado y tenía dos hijos. Todos los perjudicados personados en las actuaciones han renunciado a las acciones civiles que pudieran corresponderles, al haber sido indemnizados ya por la compañía de seguros.

 Fue necesaria la intervención de los Servicios de Emergencia del Principado de Asturias (SEPA), lo que ocasionó unos gastos de 7.248,87 euros, que han sido abonados por la compañía de seguro. La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de delito de homicidio por imprudencia grave del artículo 142.1, párrafos primero y segundo del Código Penal. Y solicita que se condene al acusado a 1 año de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 2 años y 6 meses. De conformidad con el artículo 47 del Código Penal se solicita que, para el caso de imponerse una pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor o ciclomotores por tiempo superior a 2 años, expresamente se declare que la misma comporta la perdida de la vigencia de la licencia o permiso que habilite para la conducción.