Anulada la norma del subsidio de 426 euros, que continuará cobrándose
El Constitucional falla que la gestión de la ayuda a parados debe ser autonómica
El Tribunal Constitucional considera que deben ser los servicios de empleo de las comunidades autónomas quienes gestionen la ayuda de 426 euros para parados de larga duración , según una sentencia que anula, por tanto, parcialmente la norma en la que se encomienda la gestión al Servicio Público Estatal de Empleo. El Tribunal precisa que su sentencia "no afecta a la subsistencia y a la continuación en la concesión de las ayudas económicas". Por tanto, los parados que cobran los 426 euros lo seguirán haciendo.
El fallo da la razón al Gobierno vasco, que en un recurso sostenía que las normas estatales para gestionar el subsidio "ignoraban de forma absoluta" la competencia genérica de la comunidad autónoma del País Vasco en legislación laboral y la competencia concreta en materia de políticas activas y fomento del empleo, "conculcando el orden constitucional" de distribución de las competencias atribuidas a esa comunidad.
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