Cultivos

La Justicia impide a Extremadura ampliar las hectáreas productivas de cava

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid apoya la resolución del Ministerio de Agricultura y Pesca de 2021

La Junta de Extremadura, que ha recurrido ante el Tribunal Supremo, destaca que el Alto Tribunal madrileño va en contra de sus propios pronunciamientos anteriores

Una plantación de viñedo de cava en Almendralejo.

Una plantación de viñedo de cava en Almendralejo.

Alberto Muñoz / Roberto Bécares

La Justicia ha rechazado el recurso de la Junta de Extremadura frente a una decisión del Ministerio de Agricultura y Pesca al confirmar la prohibición a los agricultores de la comunidad autónoma de ampliar las hectáreas dedicadas a la producción de cava por el riesgo que existe de dañar la denominación de origen protegido. Así se recoge en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, del grupo Prensa Ibérica, y que está fechada en el pasado 24 de marzo, es decir, dos meses antes de las elecciones autonómicas que llevaron al Partido Popular de María Guardiola y a Vox al gobierno de la región.

En esa documentación judicial consultada por este periódico, los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ madrileño han decidido primar el criterio recogido en la resolución del 26 de marzo de 2021 publicada por la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura en línea con lo recomendado por el Consejo Regulador de la propia denominación.

En la resolución de 2021 disputada por la Junta se establece la limitación a las autorizaciones para las nuevas plantaciones así como restricciones a las autorizaciones de replantación y de conversión de derechos de replantación para la denominación de origen protegida 'Cava'. Un dictamen que, según declaró en su momento la Unión de Agricultores y Ganaderos de Extremadura, "hipoteca el crecimiento de la producción de cava extremeño", razón por la que el sindicato pidió a la Junta que disputase la decisión frente a la justicia.

Los productores de cava extremeño cerraron 2022 con un récord de ventas y casi 2.200 millones de facturación

Apenas tres meses después, la Junta de Extremadura presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que ha sido desestimado ahora en 2023. Desde el Gobierno de Extremadura han precisado a EL PERIÓDICO DE ESPAÑA que ya han presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo y que lo han hecho porque hasta ahora la Justicia les daba la razón y en esta última decisión el TSJM "se aparta de sus pronunciamientos previos y mantiene, en contra de lo anteriormente adoptado, la validez de la resolución que imponía restricciones a la plantación de nuevos viñedos".

"Riesgo significativo de devaluación"

A pesar de la decisión de limitar los nuevos cultivos, en 2022 los productores que se encuentran dentro de la Denominación de Origen Cava cerraron el año con un nuevo récord de ventas, alcanzando las 249 millones de botellas (un 4,5% más que en 2021) y una facturación de 2.192 millones de euros (un 15% más que el año anterior).

Dentro de esa resolución del Ministerio se incluía como restricción que los nuevos terrenos destinados a la plantación "serán, como máximo, de 0,1 hectáreas para los años 2020, 2021 y 2022". De esta manera, explica el documento, "no se concederán solicitudes de autorizaciones de replantaciones de viñedo ni solicitudes de conversión de derechos de replantación, que destinen su producción a la elaboración de vinos con la denominación de origen protegido 'Cava', por entender que puede suponer un riesgo de devaluación significativa de la misma".

Tal y como se explica en los razonamientos de la sentencia, lo que diferencia a la Denominación de Origen Cava de otras es su "dispersión territorial", pues se extiende por 159 municipios "correspondientes a siete comunidades autónomas".

A pesar de que, como recuerdan los razonamientos de la defensa de la Junta, Extremadura es la tercera región en importancia dentro de la denominación, también es la única comunidad autónoma que se ha opuesto a lo recomendado por la Denominación de Origen Cava, pues ni la Junta de Andalucía, la Generalidad de Cataluña ni los gobiernos de La Rioja y Baleares plantearon oposición en sus informes. Tampoco lo hizo, por cierto, la Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG).

Cruce de informes

Sin embargo, la Junta argumentó ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ madrileño que "los informes justificativos de las restricciones a las autorizaciones de replantación y conversión de derechos de plantación no concluyen que exista un riesgo bien demostrado de devaluación significativa de la DOP Cava y contienen errores".

Los informes en contra de la ampliación de cultivos hablan de "riesgo de oferta excesiva"

Por su parte, la Abogacía del Estado justifica la decisión tomada en 2021 por el Ministerio de Agricultura asegurando que "la recomendación fue presentada por el Consejo Regulador de la denominación con un exhaustivo informe elaborado por varios catedráticos y profesores de la Universidad de La Rioja y de la Universitat Rovira y Virgili, que se fundamentaba tanto en el riesgo de oferta excesiva de productos vitivinícolas en relación con las perspectivas de mercado, como en el riesgo de devaluación significativa". Además, durante el proceso también reprocha a Extremadura que su petición contenga datos de 2017.

Esta diversidad de opiniones dentro de la propia denominación de origen, lejos de ser nueva, evidencia las dos posturas que existen dentro de la misma, y, por el momento, parece que predomina la que cree que el camino de crecimiento pasa por aumentar la calidad y no la cantidad.

"Crecimiento espectacular"

En el informe de la Universidad de La Rioja y de la Rovira y Virgili se justifica esa situación de riesgo de devaluación significativa explicando, por ejemplo, que durante los ejercicios previos a su informe el incremento de las hectáreas cultivadas no se estaba correspondiendo con un crecimiento parejo en el volumen de ventas durante el mismo periodo.

Según los datos hechos públicos por la propia Denominación de Origen en marzo de este año, 2022 fue un año "muy positivo" para el cava e incluso se llegaron a superar los pronósticos de crecimiento previstos por el organismo. Javier Pagés, presidente de la Denominación, aseguró hace apenas unos meses que el último ejercicio ha sido el que ha confirmado definitivamente la "recuperación" del sector después del "crecimiento espectacular" que ya se registró en 2021 y que arrojó un ejercicio mejor incluso que los inmediatamente anteriores a la pandemia.

Nuevo recurso

En contacto con este periódico, la Junta de Extremadura ha explicado que han presentado un recurso ante esta decisión judicial ante el Tribunal Supremo y, entre los motivos de impugnación de las resoluciones, la Junta de Extremadura "defiende la falta de concurrencia del acuerdo previo a la recomendación entre las partes representativas relevantes de la zona geográfica de que se trate".

La Junta recuerda que varias de las causas de impugnación ya fueron invocadas en los procedimientos previos y singularmente fueron estimados por el TSJ de Madrid, "acogiéndose a lo manifestado por la Junta de Extremadura".

Sin embargo, ahora el Alto tribunal madrileño "se aparta de sus propios pronunciamientos contenidos en sentencias de 2020 y 2022, incluso sin citar la última de ellas en su exposición".

En esta línea, precisan desde la Junta, "es importante recordar que la misma sala en 2020 estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Junta de Extremadura contra idéntica Resolución de 27 de diciembre de 2017, limitaciones/restricciones 2018, y ordenó retrotraer las actuaciones al momento de audiencia previa obtención, necesaria, del acuerdo previo de todas las partes representativas relevantes en la zona geográfica de que se trata".

Esta misma decisión la tomó este tribunal ante el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Junta de Extremadura, anulando las Resolución de 13 de diciembre de 2019, por falta de aptitud de la recomendación por no existir un Acuerdo previo entre las partes representativas relevantes de la zona geográfica (limitaciones/restricciones 2020-2023), recuerdan desde el todavía Ejecutivo extremeño.

"Asimismo, esta última sentencia de 2023 afirma que no consta la oposición del sector de Almendralejo y, además, el Tribunal entiende que no es necesario contar con el acuerdo previo de la subzona de Almendralejo, en tanto que parte representativa relevante de la zona geográfica de la DOP CAVA", añade el Ejecutivo extremeño, que añade que es precisamente "en este punto donde el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se aparta de sus pronunciamientos previos y mantiene, en contra de lo anteriormente adoptado, la validez de la resolución que imponía restricciones a la plantación de nuevos viñedos de esta denominación de origen".

"Además, y sobre la primera de las cuestiones antes citadas, cabe destacar que son numerosas las reuniones realizadas desde la Junta de Extremadura con los representantes del sector, en las que siempre han manifestado por unanimidad su disconformidad con las mismas", precisa la Junta, que defiende que "ha mantenido de forma expresa y decidida los intereses del sector del cava durante los últimos años".

"Y, aunque no podemos avanzar la posición del nuevo Ejecutivo regional, tenemos la convicción de que continuarán con la labor desarrollada hasta la fecha por la Junta de Extremadura en interés y defensa del sector en nuestra Comunidad Autónoma", concluye el comunicado de la Junta.