¿Se puede aplazar a Hacienda el pago de la Declaración de la Renta?

Le contamos con detalle cómo aplazar el pago de la Declaración de la Renta

¿Se puede aplazar a Hacienda el pago de la Declaración de la Renta?

¿Se puede aplazar a Hacienda el pago de la Declaración de la Renta?

Óscar Cascudo Alba

La Declaración de la Renta se trata del trámite anual que los residentes en España tienen la obligación de realizar con el fin de regularizar su situación con la Agencia Tributaria. Como cada año, según se acerca el mes de abril y, por tanto, el período para la confección de la misma, son muchos los usuarios que acuden en busca de respuestas. Una de las preguntas más frecuentes es si existe la posibilidad de solicitar un aplazamiento, en caso de que esta nos salga a devolver, en el pago de la Declaración de la Renta. Muchos contribuyentes sufren una situación precaria y angustiosa, por lo que, requieren de una prórroga para poder abonar la cuantía que deben devolver.

¿Es posible lograr un aplazamiento del pago?

La respuesta es sí. Hacienda permite solicitar un aplazamiento a aquellas personas que no tienen liquidez. Siempre que la deuda no supere los 50.000 euros, no será necesario justificar nada ni aportar garantías. Esto es una novedad de 2023, pues antes la cantidad máxima estaba fijada en 30.000 euros. Si la deuda supera dicha cantidad, deberá demostrar la existencia de problemas para afrontar el pago y aportar ciertas garantías.

Para llevar a cabo esta solicitud es necesario hacerlo a través de Renta Web al presentar la Declaración de la Renta. Después, debe seguir los siguientes pasos:

  1. Marcar la casilla "No fraccionado".
  2. Seleccionar la opción "Otras modalidades de pago".
  3. Entrar en "Reconocimiento de deuda".
  4. Firmar y enviar.

En este momento aparecerá una pantalla que confirma que se ha realizado la presentación, con la cantidad pendiente de ingreso y la clave de liquidación de la deuda. Aquí debemos de:

  1. Seleccionar la opción "Tramitar deuda".
  2. Se abrirá una pantalla donde hay que pulsar "Aplazar".

Por último, tendrá que rellenar la solicitud con los datos que le exijan, firmar el documento y enviarlo.

¿Conlleva el aplazamiento algún interés?

Sí. Este interés se fija cada año en los Presupuestos Generales del Estado. En 2024 será del 4,0625%. Al igual que ha sido ampliada en 2023 la cantidad máxima de deuda hasta la cual los contribuyentes no deben aportar garantías (50.000 euros), el Ministerio de Hacienda y Función Pública ha aumentado los plazos máximos de aplazamiento de 12 a 24 meses para las personas físicas y de 6 a 12 meses para las personas jurídicas.

¿Qué ocurre si Hacienda rechaza el aplazamiento?

Si Hacienda rechaza el aplazamiento, entrará en un período voluntario de pago, en el que tendrá que pagar la cantidad de la deuda más los intereses de demora. Estos serán calculados desde la fecha de solicitud del aplazamiento hasta la fecha de denegación.

Y... ¿si le conceden un aplazamiento y no paga alguna cuota?

El hecho de que incumpla con el pago de una de las cuotas no impide que el resto siga su curso. La cuota impagada le llegará por carta en apremio. Esto supone que el importe irá incrementado por un recargo del 20%. La carta le concederá un nuevo plazo de pago. Si cumple con el abono del importe en ese plazo, este recargo de apremio se reducirá a la mitad, el 10%. En caso contrario, pagará la totalidad del apremio y la deuda avanzará a la vía ejecutiva.