Llanes tiene por fin normas urbanísticas (y estarán vigentes hasta que se apruebe el plan general)

El concejo suma 38 años sin planeamiento acorde a la ley, tras la anulación de los planeamientos anteriores por los tribunales de justicia

El pleno de la CUOTA celebrado este jueves en Oviedo.

El pleno de la CUOTA celebrado este jueves en Oviedo.

Ramón Díaz

Ramón Díaz

El primer pleno de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA) de esta legislatura, presidido por el consejero de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, Ovidio Zapico, ha aprobado este jueves las normas urbanísticas provisionales del concejo de Llanes. Entrarán en vigor en cuanto se publiquen en el "Boletín Oficial del Principado de Asturias" (BOPA).

En su intervención ante los miembros del órgano, Zapico ha explicado que el Consejo de Gobierno acordó el 21 de enero de 2022 que fuera la consejería competente en materia de ordenación y urbanismo la que se encargara del dictado y aprobación de estas normas para dotar de seguridad jurídica la actividad urbanística de Llanes. En este sentido, ha añadido que el proceso se ha llevado a cabo de manera "plenamente garantista".

El Consejero ha destacado y agradecido "la estrecha colaboración de todas las administraciones implicadas: desde la Administración municipal, a la Demarcación de Costas y la Delegación del Gobierno, con la implicación personal de la delegada, Delia Losa", para lograr la aprobación definitiva de esta normativa.

Según ha subrayado, las normas aprobadas aportan seguridad jurídica a la actividad urbanística y pondrán fin a la "alta ligitiosidad" generada por la carencia de esta herramienta.

Así, ha explicado que, por ejemplo, las normas dan lugar a la posibilidad de implantar nuevas viviendas, pero exclusivamente en el suelo urbano consolidado y en los núcleos rurales delimitados, dejando a la potestad discrecional de la administración municipal el establecimiento de las previsiones que considere oportunas en cuanto a suelos urbanizables y urbanos no consolidados, a detallar en el futuro Plan General de Ordenación (PGO).

Según el Gobierno del Principado, la aprobación definitiva de estas normas permitirá resolver cuestiones tan relevantes como las siguientes:

  • Contar con una delimitación y categorización del suelo urbano consolidado, dotando de seguridad jurídica la tramitación y concesión de licencias urbanísticas en esta clasificación de suelo.
  • La delimitación gráfica de los núcleos rurales en el suelo no urbanizable, de forma que podrá devolverse al ayuntamiento la competencia para la tramitación completa de licencias urbanísticas en esta clase de suelo, sin necesidad de solicitar autorización previa a la CUOTA.
  • Delimitación gráfica del resto de categorías de suelo no urbanizable, de forma que tampoco será exigible solicitar autorización previa a la CUOTA para usos agrícolas, forestales o ganaderos en suelos no urbanizables de interés y de infraestructuras, evitando también la tramitación de estudios de implantación para los usos directamente permitidos o autorizables en estas categorías de suelo.
  • Desde el punto de vista normativo, se atajan los problemas derivados de la aplicación en el suelo no urbanizable de una normativa de los años 80 y, por ende, obsoleta en muchos aspectos, incorporando un régimen de usos adaptado a la realidad actual y al marco legal vigente. Para el suelo urbano, las ordenanzas establecidas se configuran en línea con las previstas en el PGO, para el que estas normas deben servir de puente o transición.
  • En materia de patrimonio, se incorpora la localización de los bienes de interés cultural (BIC) y de los incluidos en el Inventario de Patrimonio Cultural de Asturias ubicados en el ámbito municipal, junto con sus entornos de protección. De este modo, será posible dotar de seguridad jurídica la protección de estos bienes.
  • Se grafían también todas aquellas afecciones sectoriales (costas, carreteras, trazado ferroviario, líneas eléctricas, gasoductos, etcétera), a tener en cuenta desde el punto de vista urbanístico, aportando la necesaria trasparencia para el acceso a esta información, tanto para particulares como para personal técnico implicado en el proceso de tramitación de licencias.

Tres anulaciones judiciales

El concejo de Llanes lleva 38 años sin norma urbanística legal. Es una situación insólita, que ha sido objeto de análisis, incluso, en la Universidad de Salamanca. Los dos planeamientos aprobados por los dirigentes socialistas en 1992 y 2002 fueron anulados por los tribunales (el último el 11 de abril de 2007 por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, una decisión ratificada cuatro años después por el Supremo). Otro más, denominado popularmente "nonato", ni siquiera empezó a redactarse al anular los jueces la adjudicación al equipo redactor. No fueron suspensiones, sino anulaciones "de pleno derecho"; o sea, que fueron nulos "desde su raí­z, desde que nacieron", y, por lo tanto, "legalmente nunca estuvieron en vigor", tal y como explicaron en su momento destacados juristas.

El denominado plan de extensión de Llanes, aprobado en 1970 y la delimitación de los núcleos del concejo de Llanes, de 1978 (en desarrollo de las Leyes del Suelo de 1956 y 1975, respectivamente), fueron suspendidos por un decreto publicado el 26 de junio de 1986 por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, al considerar que no reflejaban la realidad urbanística del concejo: se habían qeudado obsoletos.

Y las normas subsidiarias provisionales de planeamiento de Llanes, redactadas por el Gobierno del Principado (había retirado las competencias urbanísticas al Ayuntamiento, en tonces en manos de Alianza Popular) y publicadas el 29 de diciembre de 1986, al no llegar a publicarse en su totalidad y ser recurridas por un particular, nunca llegaron a estar realmente vigentes, como señaló el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) en sentencias de 1992 y 1993.