El establecimiento de una moratoria en el pago de los alquileres de las familias con ingresos modestos o particularmente afectadas por la crisis económica asociada a la pandemia es una de las medidas sociales que suscitó controversia y quedó sin aprobar en el último Consejo de Ministros. El desencuentro puede resumirse así: los ministros de Unidas Podemos, en particular el vicepresidente Pablo Iglesias, defendieron una moratoria en el pago de las rentas para los hogares considerados vulnerables, apoyándose en argumentos como el protagonismo adquirido por grandes fondos de inversión en el mercado español del alquiler; en frente, la ministra socialista de Economía, Nadia Calviño, se opuso remarcando que una gran mayoría de arrendadores son propietarios de clase media para quienes el cobro de un alquiler supone una fuente de renta importante en sus economías familiares.

Prevaleció la visión de Calviño, y el presidente, Pedro Sánchez, suplió la omisión de una ayuda a los arrendatarios haciendo un llamamiento a que se forme una "cadena de solidaridad", de tal manera que propietarios e inquilinos renegocien el pago de las rentas en los casos de necesidad. En ausencia de cambios en los próximos días, que ayer Pablo Iglesias no descartó, la legislación vigente da a los autónomos y empresas que son arrendatarios de locales la opción de que parte de la renta sea condonada. En el supuesto de las familias, la única vía posible es la negociación con los caseros.

Locales. Según las explicaciones recabadas en el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Asturias y en Asocias, patronal regional del sector, los asturianos con negocios que pagan alquileres y que se han visto obligados a cerrar como consecuencia del estado de alarma están acogiéndose masivamente a la "exoneración de rentas por fuerza mayor", prevista en el Código Civil. En una circular dictada por el gremio inmobiliario se precisa que, para el caso del mes de marzo, el arrendatario abonará solo la renta a prorrata entre los días 1 y 14 de marzo, fecha esta última anterior a la entrada en vigor del decreto del estado de alarma, y quedará exonerado de pagar más mientras dure esa situación. Conceder la exención es obligatorio para el propietario, si bien el inquilino debe enviarle una notificación. En cambio, cuando el negocio no haya resultado afectado por la orden de cierre, la exención legal de la renta no actúa, aunque haya una gran pérdida de ingresos o ventas.

Hogares. Eso último ocurre también en el caso de las familias que viven de alquiler. En ausencia de una medida extraordinaria como la que plantea Podemos, la legislación vigente no contempla ninguna exención. La posibilidad de obtener una rebaja de la renta en este momento de gran dificultad depende de lo que negocien propietario e inquilino. Con seguridad, indicaron fuentes del sector, es algo que ya se estará produciendo dentro y fuera de Asturias.