Aunque el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuestionó que la ley de libertad sexual, conocida como “ley sí es sí”, introduzca en el Código Penal una definición de consentimiento expresa para que los jueces puedan determinar si un acto de naturaleza sexual es o no agresión, la ley mantendrá el consentimiento como eje de la norma, que será aprobada por el Consejo de Ministros del martes 6 de julio en segunda lectura.

Según el Ministerio de Igualdad, la previsión es que la nueva norma comience en septiembre su tramitación en el Congreso.

La ley se inspira en las protestas feministas que hubo en las calles tras la primera sentencia de “la Manada” de los San Fermines de 2016, cuando la Audiencia de Navarra condenó a los cinco agresores por abuso sexual y no por violación, una sentencia que corrigió después el Tribunal Supremo. El Gobierno ha decidido cambiar la definición de consentimiento y expresar este en positivo (y no con una redacción en negativo): “Solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”.

El modelo de consentimiento positivo ha sido implantado ya en otros países como Suecia o Gran Bretaña y supone que cuando la ley entre en vigor las víctimas ya no tendrán que acreditar que se han resistido o que ha habido intimidación o violencia. Todo acto sexual sin consentimiento será considerado agresión y desaparecerá, por tanto, la tipificación de abuso sexual del Código Penal.