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La Audiencia ve un perjuicio en el pago en especie del club

El Sporting incluye la obra "Retablo de los Reyes", situada en Ciudad de México, entre los bienes de interés cultural ofrecidos

Javier Fernández, a la derecha, durante la última junta de accionistas. MARCOS LEÓN

La sala de lo Cotencioso-Administrativo de la sección séptima de la Audiencia Nacional, presidida por José Luis López Muñiz, se amparó en su decisión de desestimiar el recurso del Sporting para pagar parte de su deuda con Hacienda en bienes de interés cultural, entre otros aspectos, por "la decisión gubernamental de aplicar con intensidad una política de reducción del déficit público". Una circustancia que en la sentencia recoge la excecpcionalidad de un pago que, en la actual situación del país, se entiende como un "importante perjuicio a la Hacienda Pública". LA NUEVA ESPAÑA ha tenido acceso a estos documentos en los que se recogen las dos obras presentadas por el club para efectuar el pago en especie de 4.448.581,23 euros, importe adeudado y reflejado en la sentencia, y que corresponde a la fecha de febrero de 2014. Se tratan de "Retablo de los Reyes", y la escultura de plata y bronce "Dios Solar emergiendo en Okinawa". El club ya presentó hace semanas un nuevo recurso ante el Supremo.

Las piezas presentadas por el Sporting para el pago en especie de parte de la deuda con la Agencia Tributaria cuentan con ciertas particularidades. El "Retablo de los Reyes", obra de Jerónimo de Balbás cuya construcción está datada entre 1718 y 1725, se ubica en la Catedral Metropolitana de la Ciudad de México. Una singularidad que también se encuentra en "Dios Solar emergiendo en Okinawa", creada por Salvador Dalí, y que en los últimos años también se ha visto salpicada por litigios en los tribunales. Y es que, en 2006, un grupo japonés intentó adquirirla a su, por entonces, propietario, el conde Juan González Quirós, de Asturias. El desencuentro comenzó por el hecho de que, en su día, Dalí autorizó que se hicieran ocho copias del original, numeradas del 1 al 8, y otras cuatro con las letras M, C, D y E. Esta última es la que formaba parte del acuerdo, que los compradores acabaron desestimando tras pagar parte de su valor, al considerarse engañados. En cualquier caso, la sentencia vinculada al Sporting sólo indica que la escultura del "Dios solar emergiendo en Okinawa" presentada por el club "le acompaña testimonio notarial relativo a la descripción e identificación" así como su solicitud para incluirla en el "Patrimonio Histórico Español". El Sporting ha formalizado el recurso de casación ante el Tribunal Supremo al entender un error de procedimiento de la Agencia Tributaria al rechazar el pago en bienes de interés cultural sin pedir un informe a la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español.

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