Vacaciones extra en la empresa para los empleados: así se pueden solicitar
Estos días de descanso deben ser siempre remunerados y no se podrán sustituir por dinero extra
El verano es la época en la que la mayoría de los trabajadores disfruta de sus vacaciones, un derecho para cualquier empleado que recoge la ley.
No importa qué tipo de contrato tengas, ni el tipo de jornada que hagas: todas las empresas están obligadas a ofrecer 30 días naturales de descanso por cada año trabajado.
Sobre cuándo disfrutar de estos días, la compañía y el trabajador deben llegar a un acuerdo, aunque esta norma no siempre se cumple debidamente. Para conocer nuestros derechos y obligaciones existe el Estatuto de los Trabajadores y, concretamente, el artículo 38 recoge varios aspectos a tener en cuenta sobre las vacaciones anuales.
En él se explica que las vacaciones nunca pueden ser inferiores a 30 días naturales al año independientemente del tipo de jornada o de contrato. Estos días de descanso deben ser siempre remunerados y no se podrán sustituir por dinero extra. La ley recoge que el calendario vacacional se fijará en cada empresa y se deberá hacer de común acuerdo con el trabajador. En caso de controversia habrá que ir por la vía judicial. En cuanto a la preferencia a la hora de elegir las vacaciones, deberán regularse por los convenios colectivos de cada sector.
¿Pueden interrumpir tus vacaciones para que vayas a trabajar?
Si la empresa pide a un trabajador incorporarse a su puesto durante su periodo de vacaciones, el empleado no está obligado a hacerlo ya que no existe una ley explícita que lo recoja. No obstante, si el trabajador fuera importante ante una urgencia que puede poner en aprietos a la empresa, sí debe reincorporarse, ya que un juez podría considerar que el acto estaría justificado por fuerza mayor.
Hasta hace unos años, la ley decía que los trabajadores tenían un año para disfrutar de sus vacaciones, por lo que de no gastar esos días libres, estos se perdían. Actualmente, los trabajadores pueden acumular y disfrutar de esas vacaciones no cobradas, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
Las vacaciones no disfrutadas se pueden reclamar siempre que sea la empresa la que no haya permitido que se cojan en el plazo estipulado. El empleado puede acumularlas o aplazarlas por tiempo ilimitado y, en caso de ser despedido antes de haber podido disfrutarlas, podrá cobrarlas. Para poder reclamar estas vacaciones que no se han podido disfrutar y así poder cobrarlas, hay que poder demostrar que no han podido gastar esos días porque la empresa es la responsable de que esto sea así.
¿Cómo debes actuar si tu empresa te ha negado las vacaciones?
Si aun así persisten las discordancias con las vacaciones y quieres demandar se trataría de un juicio preferente y ante la sentencia no cabría recurso. El plazo para interponer esta demanda es de 20 días tras la solicitud de las vacaciones, por ello la recomendación de pedirlas por escrito.
Con la demanda, el juez puede obligar a la empresa a aceptar las vacaciones del trabajador o puede estimar que el empleado no tiene razón en su petición. Llegar a esta vía judicial tensará inevitablemente las relaciones entre empleado y compañía, así que intentar llegar a un acuerdo con la empresa es siempre la mejor vía.
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