La Audiencia Provincial ha condenado al máximo accionista del Real Oviedo, Alberto González, a dos años de prisión por sendos delitos contra la hacienda pública.

Así lo acuerda este tribunal en una sentencia en la que estima el recurso del Abogado del Estado y el fiscal contra la dictada por el Juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo, que absolvió al acusado.

La Audiencia impone además a la empresa constructora Asturberra, de la que era administrador el acusado, multas por más de 874.000 euros, por dejar de ingresar 558.521 euros en concepto del impuesto de sociedades y 315.453 por el IVA, y la obligación de indemnizar a la hacienda pública por esta cantidad.

Además, condena a dicha compañía a la pérdida del derecho a percibir ayudas o subvenciones públicas y a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante seis años.

La Sala declara probado que Asturberra realizó omisiones contables en los libros de la sociedad y concretamente en las anotaciones de ingresos obtenidos por la venta de determinados inmuebles, no reflejando las mismas en la declaración del impuesto de sociedades de 2004, no presentando declaración del IVA del tercer y el cuarto trimestre, ni la declaración anual de dicho periodo.

Valora como indicio "la ausencia de una explicación alternativa por parte del acusado, que hace referencia a una omisión involuntaria".

Para la Audiencia, "es claro el elemento subjetivo del injusto constituido por el ánimo de lucro y más concretamente por la conciencia y voluntad de defraudar perjudicando con ello al erario público, eludiendo el pago debido por los impuestos de los que se sabía deudor".

La Audiencia fundamenta que en contra de lo apreciado por el Juzgado "no es cierto que la contabilidad de la empresa refleje la realidad de la misma".

Agrega que "no se puede tratar de deducir la ausencia" de intención por parte de un acusado de unas defraudaciones que tuvieron lugar en el año 2005 por su actitud de colaboración mostrada durante las actuaciones de inspección que comenzaron en 2007, "pues bien pudo responder a otros condicionantes o incluso a fines auto-exculpatorios".

Recuerda que el condenado es un empresario de la construcción que efectuó transmisiones de inmuebles por un importe cercano a los dos millones de euros y con el cargo de administrador único no sólo de Asturberra sino también de otras tres compañías, que además contó con asesoramiento fiscal.

La Audiencia concluye que eran operaciones normales y habituales en el tráfico mercantil, por lo que tampoco comparte el carácter complejo de las mismas apreciado por el Juzgado.

EFE