J. M. CEINOS

El Tribunal Supremo ampara jurídicamente la ubicación de la planta de pretratamiento de aguas residuales del Piles (la Plantona). En una sentencia que ayer hizo pública el Gobierno de Asturias, el alto tribunal rechaza el recurso de casación presentado por los vecinos de la colonia de chalés de El Pisón contra la disposición del Principado, incluida en la ley de Acompañamiento a los Presupuestos regionales de 2007, mediante la que se anuló la obligatoriedad de que instalaciones como la Plantona se ubiquen a una distancia mínima de 2.000 metros de las viviendas. Marcelino Abraira Piñeiro, el abogado que defiende a los vecinos de El Pisón, anunció ayer: «Recurriremos al Tribunal Constitucional».

El fallo del Supremo también implica que la planta depuradora de aguas residuales de la cuenca Este de Gijón se puede construir en la misma zona de El Pisón (Somió). El proyecto es derribar la Plantona e integrar las instalaciones de pretratamiento en la nueva depuradora, que será subterránea.

«La sentencia supone un gran respaldo para las tesis de las administraciones públicas, que han reforzado la defensa de la legalidad de la ubicación de la Plantona en estas disposiciones normativas», indicó un portavoz de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras, quien apostilló: «Además, estas disposiciones permitirán acometer la ejecución de la depuradora con plenas garantías jurídicas».

El pasado lunes, en el BOE se publicó una resolución del Ministerio de Medio Ambiente en la que «formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto» de la depuradora, que es la pieza fundamental que aún falta del plan integral de saneamiento de Gijón firmado en 1991 entre el Ayuntamiento, el Principado y el Gobierno de la nación.

Por su parte, el letrado Marcelino Abraira, tras analizar la sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo (fechada el pasado 17 de julio), afirmó que la sentencia, «desestimando nuestro recurso de casación, no bendice la reforma del Principado, sino que dice que ni él ni la jurisdicción contenciosa administrativa son competentes para analizar una corrección jurídica de una norma con rango de ley como es la del Principado».

Asimismo, el letrado opina: «Tampoco dice que sea ajustada a derecho, es decir, deja el asunto sin resolver, para que lo haga el Tribunal Constitucional, que es el competente». Por ello, el representante legal de los vecinos de El Pisón recurrirá en amparo ante el Tribunal Constitucional «y pediremos también que suspenda la vigencia de la reforma hasta que fallen».