Hay que reconocer, desde luego, que no es frecuente que se procese a un juez y, menos, por prevaricación, que es dictar una resolución injusta a sabiendas. Pero, del mismo modo, también hay que decir que no es un caso único. Lo que sí es pintoresco es que, tras el procesamiento del juez Garzón, no hay cretino o espabilado que no haya salido a los medios a dar su opinión sobre el asunto. Incluso se han convocado por ordenador manifestaciones espontáneas a su favor, que es cosa notable que pueda ser espontáneo algo que ha sido previamente convocado. No cabe más pensar que esa desmesurada reacción de todos esos voceros defensores del juez superestrella se debe a que tales sujetos no han leído el auto de procesamiento o a que, si lo han hecho, son unos desvergonzados hipócritas. Todos dicen escandalizarse de que, en una democracia, se procese a un juez por atreverse a perseguir los crímenes del franquismo. Dicho así, queda la mar de bien, aunque quepa argumentar de primeras que, a buenas horas, mangas verdes.

Después de leer detenidamente el auto de procesamiento, por poco que se sepa de derecho, sólo puede concluirse que su razonamiento es impecable. No es de extrañar porque su autor, el juez Luciano Varela Castro, es uno de los más eminentes juristas de España, autor del borrador de la Ley del Jurado y miembro activo desde sus inicios de la asociación «Jueces para la Democracia», o sea, que bastante más de izquierdas que el señor Chaves y comparsa, que los que viven y chollean con las empresas que levantan fosas, y que el abogado argentino -es de suponer que también psicólogo y dentista- que ha venido a enseñarnos lo que es prevaricación.

De lo que se acusa a Garzón es de haberse arrogado poderes que la ley no le atribuían, tras mantener la denuncia sobre las fosas de los desaparecidos del franquismo durante dos años en el cajón del despacho y no haber hecho nada hasta que se aprobó la Ley de Memoria Histórica. Aprovechando lo llamativo de la aprobación de la Ley de la Memoria Histórica, se puso a dirigir la búsqueda de fosas como un poseso. Y resulta que no podía, porque los artículos 11 a 14 de esa misma ley atribuían esa función al Gobierno, a las Comunidades Autónomas y a los Ayuntamientos.

Es decir, bien pronto se ve que lo que hizo se asemeja mucho a un golpe de estado judicial. Es, por ejemplo, como si un juez por su iniciativa contratara unas obras de asfaltado de una calle porque el Ayuntamiento no lo hace.

Visto así se comprende fácilmente porqué le salen tantos defensores. Simplemente tratan de tapar sus vergüenzas, porque no hicieron nada durante treinta años y ni siquiera después para cumplir la ley que tan pomposamente aprobaron.