La Fiscalía del Principado de Asturias solicita 26 años de prisión y 10 de libertad vigilada para el acusado de asesinar a karla Peréz, su expareja en el momento del suceso, en Melilla en julio de 2016 El fiscal pide también pide la retirada de la patria potestad del hijo de ambos, que en el momento de los hechos tenía 10 meses de vida, y una indemnización de 346.000 euros. Resultado de la suma de los 200.000 euros para el hijo, 60.000 euros para cada uno de los padres de la fallecida y 26.000 euros para el hermano.

La Fiscalía sostiene que el investigado, Abdelwahid Aghbalou, mantuvo una relación de pareja durante aproximadamente un año y medio, con convivencia en Oviedo, con Karla Belén Pérez Morales, fruto de la cual nació un hijo en septiembre de 2015. El investigado fue condenado por violencia de género contra la mujer por lesiones y amenazas.

Una vez que terminó la relación entre ambos y el acusado había sido denunciado y detenido por los delitos mencionados, fue expulsado a Marruecos en marzo de 2016. No obstante, ambos mantuvieron contacto telefónico y a través de Facebook. En este período, el marroquí y la ovetense acordaron que ella viajaría a Melilla junto al hijo de ambos para presentárselo a la familia paterna. Lo hicieron sin avisar a ningún familiar y amigo.

El 8 de julio del año pasado, Karla Belén Pérez Morales llegó junto al menor al puerto de Melilla, donde se encontraron con Aghbalou. Los tres pasaron juntos el día hasta que, de madrugada, en el Paseo Marítimo de Melilla, en las casetas militares de la zona de la hípica, el acusado y ella mantuvieron una fuerte discusión. El hombre aprovechó un momento en el que ella le daba la espalda para agarrarla del cuello hasta que se aseguró de que no respiraba. Dejó el cadáver sobre la jardinera, apoyado en la maleta gris que la víctima portaba con sus pertenencias. El acusado huyó con el bebé y vendió el móvil de la víctima por 180 euros para obtener dinero para la huida.

Un vecino que hacía deporte en la playa a primera hora de la mañana vio el cuerpo inerte de la ovetense y avisó de inmediato a la Guardia Civil.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato del artículo 139.1 del Código Penal, de un delito continuado de quebrantamiento de condena del 468.2, en relación con el 74, y de un delito leve de hurto del 234.1 y 2. Concurren las siguientes circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal: en el delito de asesinato, las agravantes de parentesco, discriminación por razón de género y aprovechamiento de las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otras personas que debiliten la defensa del ofendido o faciliten la impunidad del delincuente. Esta última concurre también en el delito leve de hurto.

El acusado se encuentra en prisión provisional sin fianza en el centro penitenciario de Villabona desde el día 11 de julio de 2016.