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Recibos de 600 euros bajan a 6

Una sentencia del Supremo, con origen en Extremadura pero de aplicación general a toda España, abre la puerta a que muchos dueños de terrenos urbanizables en Asturias paguen menos IBI al ser considerados como terrenos rústicos.

¿A qué terrenos afecta?

A todos los que sean urbanizables pero no tengan aprobado el plan parcial de ordenación, que es el necesario para poder construir.

¿A cuánta gente afecta?

A miles de asturianos dueños de fincas que no tengan Plan de Ordenación. Es difícil saberlo con exactitud. Se sabe que en España están afectados unas 900.000 personas aproximadamente.

¿En qué parte de la región?

Hay casos por toda Asturias, especialmente en zonas de extrarradios de grandes ciudades y villas. En Gijón, por ejemplo, hay suelos así en Granda, Castiello y Deva; en Oviedo hay casos en Pando y Villamiana, y en Avilés hay terrenos en Valparaíso y El Bao.

¿Cómo se puede reclamar?

Los propietarios que cumplan los requisitos (dueños de terrenos urbanizables sin plan) tendrían que reclamar al Catastro la modificación catastral y, posteriormente, reclamar al Ayuntamiento lo indebidamente pagado.

¿Qué consecuencias tendrá para los propietarios?

Verán reducida su cuota anual de IBI en una cantidad considerable. Por ejemplo: una persona que esté pagando 600 euros anuales de este impuesto podría llegar a tener que pagar sólo seis. También influirá sobre el impuesto de Patrimonio y el IRPF. Los ayuntamientos, por su parte, verán mermados sus ingresos.

¿Cómo se puede reclamar?

Pidiendo la nulidad de la liquidación en el mes siguiente al momento en que llegue el recibo de la "contribución".

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