El Supremo respalda que los interinos puedan optar a una plaza fija sin oposición

El Alto Tribunal avala las condiciones para la estabilización dispuestas por el Gobierno

Agencias,

El Tribunal Supremo ha rechazado una posible inconstitucionalidad del proyecto de ley que el Gobierno aprobó en 2021 para reducir la tasa de temporalidad del empleo público hasta el ocho por ciento con medidas como la que permite que los interinos con cinco años de antigüedad puedan optar a una plaza fina de funcionario de carrera sin opositar, mediante un simple concurso de méritos.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha rechazado un recurso presentado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local que observaba posibles vicios legales en esta regulación «excepcional» que, según su argumentación, desplaza el régimen legal ordinario «por una sola vez y sitúa en mejor posición» para el acceso a las plazas fijas de la función pública a los interinos de larga duración que «frente al resto de los aspirantes, incluso frente a los funcionarios de carrera».

El Supremo avala, sin embargo, la legalidad del texto aprobado en 2021 y que otorga a las administraciones la potestad para convocar por el sistema de concurso –sin necesidad de pasar ningún examen– una serie de plazas a las que pueden concurrir los trabajadores interinos que las estén ocupando «con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016».

La resolución respalda asimismo, en contra del criterio de los recurrentes, que el personal interino de los ayuntamientos y las entidades locales pueda acceder a un proceso para ser funcionario de carrera. Rechaza la pretensión del Consejo General de eliminar del listado de la oferta de empleo público 807 plazas correspondientes a la estabilización de estos puestos en la escala de funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional (secretarios e interventores municipales).