Aboño, Braulio FERNÁNDEZ

La Autoridad Portuaria de Gijón tendrá que renunciar, por el momento, a desmontar el Alto de Aboño en Carreño. Una sentencia del Tribunal Supremo en Madrid acordó ayer dar por válida la suspensión cautelar de las obras solicitada por el Ayuntamiento de Carreño. Con el fallo judicial, que invierte por completo la situación legal en la que se encontraba el plan de ampliación de El Musel en el concejo, se anula la orden del Ministerio de Fomento que aprobaba que el puerto de Gijón se ampliase hacia Carreño, haciendo desaparecer el Alto de Aboño para crear una explanada destinada a las actividades logísticas, y aprovechando el material extraído para ampliar los diques.

La sentencia da un vuelco a la situación, ya que el Ayuntamiento de Carreño había visto denegada hasta en dos ocasiones anteriores su petición de que se suspendiera cautelarmente la ampliación en lo que afecta al municipio. Tras elevar un recurso de súplica ante el Supremo, ahora los jueces le dan la razón, en atención al impacto ambiental en la zona. Este fallo retrasa el destino final del accidente geográfico, aún a expensas de que se resuelva otro contencioso que el Ayuntamiento mantiene en la Audiencia Nacional y que debe dirimir si la actuación requiere un estudio de impacto ambiental previo. En cualquier caso, tras la resolución judicial de ayer dichas actuaciones, de tener lugar finalmente, no comenzarán hasta que lo dictamine la Audiencia.

El alcalde de Carreño, Ángel Riego, declaró que, «en lo que respecta a nuestro municipio, el plan de El Musel no existe». Riego añadió: «Desde el primer momento defendimos que el plan de ampliación necesitaba de un estudio ambiental, y estamos contentos de que el Supremo nos dé la razón». Con respecto a la influencia que este fallo podría tener sobre la decisión final de la Audiencia, el Alcalde realizó una lectura positiva: «Puede influir para que el proyecto de Gijón tenga que realizar un estudio ambiental».

En el Puerto de Gijón consideran que «la decisión del Tribunal no afecta a la obra de ampliación, ya que los materiales están siendo extraídos de otros espacios», e insistió en que la decisión final sobre el desmonte depende «de lo que dictamine la Audiencia Nacional». También se mostró tranquilo el consejero de Infraestructuras, Francisco González Buendía. Ayer por la tarde en la Junta sostuvo que el fallo no tendrá consecuencias porque no ha tenido en cuenta que ya existe una declaración de impacto ambiental desde julio. Además, añadió que la sentencia «ya no tiene ningún sentido».

El Ayuntamiento recurrió en 2008 el plan de ampliación de El Musel al entender que una actuación como la del desmonte en Aboño debía estar precedida de un estudio del impacto medioambiental y, por lo tanto, debía presentar alternativas al desmonte. Esta reclamación llegó hasta la Audiencia Nacional, que, dos años después, aún no se ha pronunciado al respecto. Mientras tanto, el Puerto de Gijón ha podido seguir adelante con su plan de desmonte en Aboño. Hasta ayer.

Ahora todo queda pendiente de lo que dictaminen los jueces de la Audiencia, aunque la sentencia del Supremo arroja luz sobre el otro contencioso, ya que en sus razonamientos expone la necesidad de que prevalezcan los intereses medioambientales sobre los económicos. Dice la sala que «los intereses de índole económica expuestos por el Estado y por el Ayuntamiento de Gijón no son prevalentes a los medioambientales, expuestos por el Ayuntamiento de Carreño». Por ello, continúa el dictamen, «hemos de proceder a adoptar la medida cautelar de suspensión del plan de ampliación, limitando la medida al ámbito territorial de Carreño».